El Tribunal Supremo levantó la paralización que pesaba contra los nuevos reglamentos para máquinas de azar en ruta, al determinar que los demandantes que impugnaban su validez, no tenían legitimación activa.
De esta forma, los reglamentos siguen vigentes. Cabe recordar que un tribunal inferior había decidido que los reglamentos eran ilegales, porque los promulgó una agencia que no estaba autorizada en ley para hacerlo, pero esta nueva instancia deja el tema saldado desde lo legal.
El respaldo del Tribunal Supremo a los reglamentos no acaba con las controversias generadas, ya que hay una demanda federal pendiente sobre su aplicación, y la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) también ordenó que quedaran en suspenso, hasta que el ente termine de revisarlos bajo la Ley PROMESA.
Los reglamentos fueron promulgados por la Compañía de Turismo en mayo de 2020, bajo las órdenes de cierre por la pandemia. Una jueza superior había determinado que la operación de estas máquinas resulta ilegal, porque la Compañía de Turismo no tenía jurisdicción para emitir los reglamentos, ya que la ley había cambiado y era la Comisión de Juegos (CJ) quien debía hacerlo. Pero luego, el Tribunal Apelativo revocó esta medida con el argumento de la falta de capacidad de los demandantes, y el Tribunal Supremo respaldó su vigencia.
La base de la decisión del Alto Foro fue también que los demandantes no tenían capacidad. La determinación se registró tres días laborables después de que la JSF emitiera una carta ordenando la paralización, por las fallas de la Comisión de Juegos en el proceso de revisión. Con su decisión 5-2, el Supremo también avaló que el director ejecutivo de la CJ, Orlando Rivera Carrión, siguiese aplicando el reglamento a pesar de la paralización del tribunal.