Pide una mayor apertura en el sector

Paraguay: Conacom publica una serie de recomendaciones para mejorar la competencia en las apuestas deportivas

04-07-2023
Tiempo de lectura 1:31 min

La Comisión Nacional de la Competencia (CONACOM) de Paraguay emitió un comunicado con una serie de recomendaciones para mejorar la competencia en el sector de apuestas. Publicada en su portal, la opinión de Conacom apunta a las reglas del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) de la licitación realizada en 2022 por la Comisión Nacional de Juegos de Azar (Conajzar).

Según el documento, existen una serie de condiciones que limitan la libre competencia en la convocatoria para la explotación exclusiva de apuestas deportivas. En este sentido, Conacom sugiere “tomar medidas para el mejoramiento de las bases y condiciones en los próximos procedimientos licitatorios de juegos de azar, de manera a promover más participación de oferentes elegibles”.

Conacom se refirió, entre otros puntos, al alto costo para la adquisición del PBC determinado por la licitación de Conajzar, cuya compra es obligatoria para que los interesados puedan participar del proceso. Además, dice el documento, Conajzar excluyó a los oferentes internacionales y no consideró su experiencia en consorcio con empresas locales, estableciendo elevados parámetros para evaluar la solvencia financiera de los oferentes.

Las barreras identificadas por el Directorio, que considera deben ser revisadas, son las siguientes:

a. El mecanismo de definición del costo definido para el pliego de bases y condiciones, que no sería proporcional conforme a factores objetivos;
b. La exclusión de oferentes internacionales y de la consideración de su experiencia en consorcios;
c. Los parámetros determinados para la evaluación de la solvencia financiera, especialmente en cuanto a la certificación de saldo disponible;
d. La exclusión de personas denunciadas por el delito de explotación de juegos clandestinos, recomendándose en su lugar que la exclusión se base en un procedimiento administrativo concluido que otorgue el derecho a la defensa de los supuestos infractores;
e. La duplicación en la exigencia de documentos para la inscripción en el Registro Nacional de Operadores de Juegos de Azar y para la oferta;
f. La consideración en la evaluación de la cantidad de locales con que cuenta el oferente para la captación de ofertas.

Estas mismas observaciones fueron denunciadas en su momento por empresarios del rubro, al momento de la adjudicación de las apuestas deportivas a Apostala SA, culminando en un pedido de informes a Conajzar por parte del Congreso.  

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