Entrará en vigencia en 20 días

Asturias: publicaron el nuevo régimen de control para los accesos de las salas de juego

Dentro de 20 días sólo podrán funcionar los salones de juego que se adecuen a las nuevas normativas sobre los controles de los accesos publicadas hoy en el Boletín Oficial del Principado.
02-08-2021
Tiempo de lectura 1:11 min
La normativa, que salió ayer en el Boletín Oficial del Principado, fue votada en febrero y establece la obligatoriedad del completo registro de todos los clientes, para garantizar la trazabilidad en los casos de COVID-19 y asegurar una inequívoca identidad, para resguardar a la población sensible.

El Consejo de Gobierno de Asturias publicó ayer en el Boletín Oficial del Principado (BOPA) la reglamentación de los controles para los accesos a los establecimientos de juego, una industria que a nivel local cuenta con nueve casas de apuestas deportivas, seis bingos, un casino y 29 salones. La Ley de Juego y Apuestas del Principado, votada en febrero, entrará en vigencia a los veinte días de su emisión.

La resolución dicta la obligatoriedad de contar con sistemas de control para comprobar la identidad de cada una de las personas que ingresen  y así garantizar la identidad inequívoca de todos, quienes deberán exhibir su documentación personal y quedar registrados. A su vez establece las cuestiones técnicas y tecnológicas con las que deberán contar las compañías del sector para funcionar.

Uno de los objetivos más importantes de la normativa es garantizar la trazabilidad de los clientes por motivos relacionados a la pandemia de COVID-19 y la capacidad de aislar a potenciales contagios y contactos estrechos, como así también preservar la integridad de los menores de edad y las personas inscriptos en registros de juego problemático, o que estén incapacitados legal o jurídicamente.

El texto contempla que los registros cumplan con las normativas relacionadas a la protección de los datos personales, los cuales podrán "ser consultados por las personas que desarrollen labores de inspección y control del juego,a requerimiento del órgano competente en materia de casinos juegos y apuestas o a requerimiento judicial", y los cuales se conservarán por un plazo máximo de seis meses.

 

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