Las diferencias entre las normativas para regular los casinos populares de Chillán y Concepción son abismantes. Mientras la capital penquista apuesta sin dobles lecturas a desincentivar un lucrativo negocio, Chillán busca sólo ordenarlo.
El documento elaborado por el municipio penquista establece con claridad la diferencia entre las máquinas de destreza y las que son de azar, ya que las de este último caso están prohibidas por ley, salvo en algunas excepciones como son los casinos que son fiscalizados por la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ).
Según la SCJ, los organismos competentes para determinar el tipo de máquinas son el Laboratorio LabCert de la Pontificia Universidad Católica del Perú, BMM, el Instituto Esloveno de Calidad y Metrología y GLI, todas entidades internacionales, lo que dificulta enormemente el cumplimiento de dicha exigencia.
En el caso chillanejo, la norma que pasó a Comisión Hacienda del Concejo incluye que los interesados en el negocio deberán presentar al municipio certificación de organismos técnicos como Labocar de Carabineros o Lacrim de la PDI, o el informe de una facultad universitaria donde se concluya que las máquinas son de destreza y habilidad. Algo mucho más fácil de cumplir.
En la ordenanza local en estudio se indica además que los establecimientos no podrán ser instalados a menos de 100 metros de escuelas o sitios de expendio de bebidas alcohólicas.
Se regula el horario, que será entre las 9 y 24 horas, se exige una determinada luminosidad de los recintos y se crean múltiples requisitos que deben cumplir las personas a la hora de solicitar las patentes de operación. Es decir, el espíritu de la ordenanza es regulatorio, más que perseguir cerrar locales.