Debe reglamentarla el Poder Ejecutivo

La nueva ley de casinos y salas de juego de Nicaragua entrará en vigencia en 150 días

13-07-2011
Tiempo de lectura 1:45 min
(Nicaragua).- La Ley 766 o Ley Especial para el Control y Regulación de Casinos y Salas de Juegos ya fue publicada en La Gaceta, Diario Oficial de Nicaragua. La ley dispone que una vez publicada en el Diario Oficial entrará en vigencia 150 días después, es decir a inicios de diciembre próximo.

Dicha ley, según se anunció, permitirá un mejor orden y control del negocio de casinos y salas de juegos, eliminando los centros de juegos informales, así como máquinas tragamonedas aisladas en pequeños negocios.

La ley establece que la autoridad de aplicación será el Instituto Nicaragüense de Turismo (Intur), por medio de una Dirección de Casinos y Salas de Juegos que se creará a partir de la legislación y que será regida por el Consejo Directivo del Intur.

El diputado sandinista Wálmaro Gutiérrez, Presidente de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto -la cual dictaminó la ley- indicó que actualmente el Intur todavía tiene una “capacidad limitada” para actuar, pues el Poder Ejecutivo no ha reglamentado la legislación. Dispone de 60 días para hacerlo.

A criterio de Gutiérrez el proceso de ordenamiento del sector tendrá que empezar antes que entre en vigencia la ley por la dimensión del trabajo que se requiere. Pero dichas normativas serán aplicables hasta que la ley entre en vigencia, por lo cual lo más prudente es esperar hasta que la legislación sea reglamentada y puesta en vigencia.

“Lo que sí puede hacer el Intur, desde el punto de vista administrativo, es ir creando las condiciones, preparándole una propuesta de reglamento al ejecutivo, haciendo todos los pasos preparatorios de aquí hasta que entre en vigencia la ley”, sugirió.

La Ley 766 ha generado expectativas porque, además de regular las salas de juegos y casinos, incrementaría los ingresos fiscales. Según estimaciones preliminares el aporte anual del sector pasaría de 1,7 millones de dólares a 4.6 millones.

Cabe resaltar la Ley Especial para el Control y Regulación de Casinos y Salas de Juegos prohíbe la existencia de máquinas tragamonedas o juegos de mesa en lugares que no sean establecidos para tal fin, como son los casinos o salas de juegos.

Para contar con el permiso de operación, dichas salas de juegos o casinos deberán tener un mínimo de diez máquinas tragamonedas para calificar en la categoría “D”, una de las cuatro nuevas categorías que crea la ley, lo cual indica que desaparecerían las máquinas tragamonedas en pulperías, farmacias y bares.

La ley también controla la importación de las máquinas tragamonedas y juegos, así como la infraestructura y capital requerido para establecer un negocio de este tipo.

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