El Govern, mediante una nota informativa, ha recordado que, en virtud de la Constitución española y del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, las competencias sobre el juego y las apuestas recaen en el ámbito territorial autonómico, excepto las deportivo-benéficas (que dependen del Estado). Para la Administración Autonómica "resulta obvio que las apuestas hípicas no se pueden considerar deportivo-benéficas". Asimismo, destaca que en el año 2001 se dictó el Decreto regulador de las apuestas hípicas y otros juegos de promoción del trote, "sin que se planteara problema alguna de conflictividad competencial con el Estado".
El Ejecutivo autonómico considera también que la Administración central "pasó por alto las normas más elementales de colaboración y respeto institucional" en la aprobación del Real decreto 716/2005 sobre apuestas hípicas, alegando que lo aprobó y publicó "con absoluta reserva y procurando el desconocimiento del Gobierno de las Islas Baleares". Así, sostiene que no fue consultado "en ningún momento", conociendo el contenido de este Real decreto a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Finalmente, el hecho que el plazo por requerir de incompetencia al Gobierno central, por motivo de la vulneración competencial que se deriva del contenido del Real decreto, finaliza el día 22 de agosto de 2005 ha hecho que el presidente del Gobierno de las Islas Baleares firme el decreto de requerimiento por, posteriormente y en sesión ordinaria, informar al Consejo de Gobierno.