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LOYRA: El nuevo proyecto de la DGOJ “representa un endurecimiento significativo de la regulación publicitaria del juego”

22-10-2025
Tiempo de lectura 3 min

El estudio de abogados LOYRA advirtió que el nuevo proyecto de la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ), que busca establecer la obligación a los operadores online de incluir mensajes sobre el juego problemático para los jugadores, representa “un endurecimiento significativo de la regulación publicitaria” del sector en España.

En una Alerta Informativa publicada en su sitio web, el estudio realizó un análisis del proyecto en cuestión y señaló que “tiene por objeto sustituir el actual mensaje ‘juega con responsabilidad’ por un mensaje más explícito y uniforme que advierta sobre los riesgos asociados al juego”.

Cabe recordar que la DGOJ abrió a consulta pública dicho proyecto, a fin de recibir aportaciones hasta el próximo 26 de noviembre de 2025, pudiendo remitirse las mismas al correo electrónico [email protected]

En ese contexto, desde LOYRA indicaron que “el texto proyectado tiene una incidencia directa en los operadores de juego de ámbito estatal, tanto online como presencial, así como en agencias de publicidad, medios de comunicación y afiliados que participen en la difusión de comunicaciones comerciales”.

“Su aprobación supondrá una modificación sustancial del marco publicitario del sector, al establecer nuevas obligaciones en materia de contenido, formato y presentación de los mensajes informativos”, añadieron.

Concretamente, la futura resolución exigirá a los operadores revisar y adaptar todas las piezas publicitarias, materiales gráficos, audiovisuales y digitales para incorporar los nuevos textos obligatorios y cumplir las condiciones técnicas que determine la DGOJ.

También será necesario ajustar los contratos publicitarios y de patrocinio en curso durante el periodo transitorio, y actualizar las políticas internas de cumplimiento y revisión de campañas.

Para LOYRA, este proyecto de resolución "representa un endurecimiento significativo de la regulación publicitaria del juego en España, imponiendo a los operadores obligaciones concretas y técnicamente detalladas que requerirán una adaptación integral de sus estrategias de comunicación y marketing”.

Detalles del proyecto

Desde LOYRA ofrecieron también un análisis sobre las principales medidas contenidas en el proyecto y su impacto directo en los operadores del sector. Estas son:

Contenido mínimo obligatorio de los mensajes

El proyecto establece que todas las comunicaciones comerciales de las actividades de juego deberán incluir un mensaje obligatorio sobre los efectos dañinos de la ludopatía o del comportamiento de riesgo, en sustitución de los actualmente previstos en el artículo 10.3 del Real Decreto 958/2020.

Los mensajes propuestos son los siguientes: “La ludopatía es un riesgo del juego”; “La probabilidad de ser un jugador que pierde dinero es del 75%”; y “Las pérdidas del total de jugadores superan en 4 veces sus ganancias”.

Adicionalmente, se deberá incluir una referencia a la página web de juego seguro de la DGOJ (www.juegoseguro.es).

De forma complementaria, todas las comunicaciones deberán incorporar la advertencia dirigida a menores de edad: “Solo para mayores de 18 años”.

Especificaciones técnicas obligatorias para la presentación de mensajes

El proyecto detalla en sus Anexos I y II las especificaciones relativas a la forma, tamaño, disposición, contraste, visibilidad y contenido de los mensajes, diferenciando su aplicación según el medio o soporte publicitario. Las principales especificaciones son:

Comunicaciones audiovisuales (TV, plataformas de vídeo):

  • El mensaje sobre los riesgos de la ludopatía (“La ludopatía es un riesgo del juego”) deberá transmitirse de forma oral durante, al menos, dos segundos al final de la comunicación comercial.
  • La advertencia sobre menores (“solo para mayores de 18 años”) podrá ser oral o gráfica. Si es gráfica, deberá mostrarse en una banda inferior que ocupe, como mínimo, el 15% de la pantalla durante toda la comunicación.

Medios digitales (Banners, display, ventanas emergentes):

  • Los mensajes deberán mostrarse en una banda inferior, claramente visible, que ocupe al menos el 15% del anuncio durante toda su duración.

Portales web y aplicaciones de los operadores:

  • En cada acceso, deberá aparecer una ventana emergente o similar que ocupe al menos el 15% de la pantalla durante un mínimo de cinco segundos, mostrando los mensajes de advertencia.
  • Adicionalmente, los mensajes deberán mostrarse de forma permanente en los portales y aplicaciones.

Medios presenciales:

  • Los mensajes se ubicarán en una banda inferior que ocupe al menos el 15% del espacio publicitario. Para soportes de pequeño tamaño donde la legibilidad se vea comprometida, se permite el uso de un mensaje abreviado: «El juego es un riesgo».

En todos los casos, el mensaje deberá ser claro, accesible y distinguible del resto del contenido publicitario, sin necesidad de acciones adicionales por parte del usuario.

El proyecto incluye una excepción para las comunicaciones radiofónicas de concursos, que no estarán obligadas a incorporar el mensaje sobre riesgos.

Régimen transitorio

Se establece un plazo de tres meses desde la publicación de la Resolución en el BOE para que los contratos publicitarios suscritos con anterioridad se adapten a la nueva normativa.

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