La Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados de Chile aprobó por unanimidad una serie de medidas que permitirán combatir la operación ilegal de máquinas de azar, en el marco del proyecto de ley que crea el Subsistema de Inteligencia Económica para prevenir actividades del crimen organizado.
Entre las medidas aprobadas, se votó a favor de una definición legal de máquinas de azar que “apunta a impedir sortear la calificación de azar por el sólo hecho de incorporar elementos de destreza”, aspecto que constituye un argumento de operadores ilegales.
De esta manera, las máquinas de azar se definen como “aquellas que permitan recibir apuestas en dinero o avaluables en dinero y que concedan al usuario un tiempo de uso o de juego y que entregue resultados futuros, inciertos, y/o desconocidos para los usuarios, mediante los que se les entregue eventualmente un premio en dinero o avaluable en dinero”.
A su vez, se aprobó la indicación que habilita a la Superintendencia de Casinos de Juegos (SCJ) a calificar máquinas como de azar a requerimiento de una municipalidad o del Servicio Nacional de Aduanas, lo que habilitará un informe técnico especializado sin tener que contratar peritajes para disputar el carácter “de destreza” de estas máquinas.
La medida permitirá, además, que los fiscales del Ministerio Público puedan solicitar dicho informe técnico, lo que contribuirá a la persecución penal del juego ilegal.
Otro aspecto de la ley limita la importación de máquinas de azar y componentes destinados a ellas sólo a personas naturales y jurídicas —ya sean sociedades operadoras de casinos o distribuidores— autorizadas para tal efecto y registradas en la SCJ.
A partir de ello, se determina que la importación realizada por otros configurará delito de contrabando y su mercadería será incautada por Aduanas y puesta a disposición de la fiscalía local que conozca de la denuncia o querella formulada por dicho servicio, por tal delito.
Por tratarse de mercancías de importación prohibida, podría perseguirse no sólo al importador, sino también a todas las personas que reciban, porten, transporten o escondan estas mercancías, de acuerdo a la reformulación que el mismo proyecto de ley realiza respecto del delito de receptación aduanera.