La Corte Suprema acogió los recursos de apelación deducidos en contra de las resoluciones dictadas por la Corte de Apelaciones de Santiago, que declararon inadmisibles tres acciones de protección deducidas por las empresas Casino de Juego Viña de Mar S.A., Entretenimientos Iquique S.A. y Casino de Juego Coquimbo S.A. contra el Consejo Resolutivo de la SCJ, por haber reanudado el proceso de licitación de los Casinos de Juego de Viña del Mar, Iquique y Coquimbo sin asegurar a los postulantes el radio de 70 kilómetros de exclusividad para desarrollar su actividad.
Los recurrentes estiman que se vulnera la igualdad ante la ley. Además, al aprobarse las bases sin que se asegure el cumplimiento de esta condición mínima, se obra arbitrariamente, debido a que sólo se le exige al postulante y luego al adjudicatario el cumplimiento de sus obligaciones, pero no a la autoridad.
Acceda a las sentencias 43017-2017, 43018-2017 y 43019-2017.