La resolución contiene las condiciones fijadas por Coljuegos para que puedan entregarse incentivos promocionales, señalando que no pueden corresponder a las apuestas de los jugadores ni ser progresivos, ni entregarse en efectivo y que la condición para su asignación es la utilización de la MET.
La resolución responde a las inquietudes planteadas en reiteradas ocasiones por los gremios a la entidad.
La reglamentación estará abierta a comentarios del público, en aplicación del numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, hasta el 12 de octubre de 2016. Más información aquí.