La Conselleria de Hacienda y Modelo Económico de Valencia ha unificado en un solo texto legal, la orden 2/2016 del 5 de mayo, los requisitos legales para la fabricación de los cartones que se utilizan para jugar al bingo, así como las series a fabricar y los valores faciales correspondientes. Hasta ahora, el bingo era regulado por cuatro normativas, una de 1993, dos de 1994 y otra de 2001.
Entre las novedades, además de que los cartones ahora los distribuye el Instituto Valenciano de Administración Tributaria, también se regula el bingo electrónico. El valor facial en esta modalidad estará entre los 0,11 dólares y los 6,84 dólares, por lo que cada sala determinará cuánto vale la partida.
En el bingo tradicional los cartones deben ser autorizados y homologados por la Conselleria, como los elaborados por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, y serán entregados al representante de la sala solicitante.