Paralelamente, prohibieron la instalación y funcionamiento de casinos, salas de bingo y máquinas tragamonedas en los centros comerciales y zonas de seguridad, además de los parques nacionales, monumentos naturales y lugares declarados oficialmente como refugios o reservas de fauna, ya fijados en la ley que rige la materia.
La medida, publicada en la Gaceta Oficial 38.892, del 17 de marzo, ratifica la disposición legal de que las edificaciones de casinos y salas de bingo se ubiquen lejos de recintos de educación, templos, centros de salud y hospitales. A la lista de restricciones se agrega las zonas residenciales y las instalaciones deportivas. “La distancia a existir, entre uno y otro, será de un radio no menor de doscientos metros”.
Asimismo, la norma prohíbe que se autorice el traspaso y gravamen de acciones de las sociedades mercantiles titulares de permisos, licencias y registros.
Originalmente, la Ley para el Control de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Tragamonedas establecía que las licencias de funcionamiento tendrían una duración de diez años, pudiendo ser renovadas por períodos iguales, previa solicitud de la licenciataria.
De acuerdo con la norma vigente, la tramitación o renovación de las licencias de funcionamiento exige que la persona interesada consigne al menos ocho requisitos, entre ellos la declaración jurada de los bienes de los accionistas de la compañía y el balance general, debidamente auditado.
Sobre la medida gubernamental, un representante del sector señaló sentirse sorprendido. Aseguró que al afectarse el funcionamiento de los bingos y casinos se impacta negativamente la actividad turística, y con ello a estados como Anzoátegui.
Indicó que en el Oriente varios casinos y salas de bingo podrían verse afectados por el vencimiento de sus licencias de funcionamiento.
“Cómo es posible que se niegue la autorización a quienes han cumplido con todos los requisitos de ley y generan tantos empleos”.