España

Galicia: aprueban el reglamento de máquinas recreativas y de azar

21-02-2008
Tiempo de lectura 1:27 min
(España).- El Reglamento de máquinas recreativas y de azar, aprobado por el Decreto 106/1998, de 12 de febrero, que aprueba el Reglamento de máquinas recreativas y de azar, ha sido un instrumento útil de desarrollo normativo de todo un sector empresarial como es el juego realizado con máquinas recreativas y de azar.

En los últimos años, sin embargo, con el cambio del sistema monetario, la implantación de la normativa europea en materia ambiental, desarrollada por el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos, la aparición de nuevas tecnologías aplicadas a este sector, y la expansión de los juegos por Internet, hacen necesario la modernización de este sector económico que garantiza una importante fuente de ingresos al sector público y que es generadora de un gran número de puestos de trabajo en el sector privado.

El cambio y modernización que este sector está realizando, tanto a nivel de las distintas comunidades autónomas como a nivel europeo, y la necesidad de incorporar a la normativa autonómica -tal como se desprende de la Sentencia del Tribunal Constitucional de 20 de noviembre- la regulación de las características de fabricación y homologación de los instrumentos de juego, hacen necesaria la publicación de un nuevo marco normativo de máquinas que desarrollen todos los aspectos necesarios para hacer atractivos los juegos realizados con aparatos de funcionamiento manual o automático.

Al mismo tiempo, el presente reglamento es, en algunos aspectos, profundamente innovador e introduce modificaciones, necesarias para el dinamismo del sector, para superar las insuficiencias normativas reveladas por la experiencia, asumir las decisiones jurisprudenciales recaídas sobre la materia y proteger la incidencia social que el juego mediante máquinas tiene.

En este sentido se incorpora todo un sistema de homologación e identificación de aparatos de juego. Se simplifican los trámites administrativos, se deja la puerta abierta al desarrollo del sector a través de normas con rango de orden para incorporar a estas empresas, altamente tecnificadas, la posibilidad de las tramitaciones telemáticas con seguridad para las personas usuarias, sin merma del correspondiente control administrativo de la actividad y se clarifican determinados aspectos de la ordenación anterior que la práctica de su aplicación ha demandado.

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