El proyecto de dictamen, listo para aprobarse la próxima semana en San Lázaro, indica que la industria del juego con apuestas y sorteos no proporciona a la sociedad los beneficios directos e indirectos que ésta demanda, ni tampoco compensa plenamente los
costos que trae consigo.
El documento sobre la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios propone una mayor precisión en la redacción de las actividades que se pretenden gravar, a fin de que no haya lugar a dudas o ambigüedades sobre quiénes son los sujetos pasivos de contribución.
De esta manera, se establece que deben ser todos aquellos que realicen juegos con apuestas o sorteos en territorio nacional y requieran permiso, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Juegos con Apuestas y Sorteos y su Reglamento.
Estima necesario complementar el texto propuesto por el Ejecutivo, para evitar la elusión de los contribuyentes que argumenten que sus juegos o concursos sólo premian la destreza de los participantes en el uso de máquinas y que en ellos no interviene el azar.
Del mismo modo considera necesario regular las modalidades de juegos y sorteos en los que para participar se requiere que los concurrentes cambien dinero por diversos medios como fichas, tarjetas, contraseñas y otros comprobantes.
Finalmente señala que con el impuesto que se propone jurídicamente no existe una doble imposición al desarrollo de juegos con apuestas y sorteos por el hecho de que se grave la misma fuente impositiva.