El proyecto presentado por Salvador Aguirre Anguiano, ministro ponente, determinó que no era procedente dicho cobro; sin embargo, su proyecto fue desechado por mayoría de 10 contra uno, por lo que se negó el amparo a las empresas quejosas.
El único voto a favor del proyecto fue el del ministro ponente, quien solicitó al pleno hacer el englose del fallo y se reservó el derecho de hacer un voto particular en el mismo.
Las empresas Grupo Radiópolis y Corporación Novavisión solicitaron la protección de la justicia federal mediante el amparo contra el Código Financiero del Distrito Federal, juicio de garantías que llegó hasta la revisión en la SCJN y que fue negado.
Grupo Radiópolis interpuso el amparo luego de que se determinó cobrarle impuestos por el concurso "La Hora K Buena".
En tanto, la corporación Novavisión interpuso un amparo contra el Código Financiero antes mencionado por el cobro de impuestos de juegos y concursos que se realizaron a público abierto.
De ésta forma, el máximo tribunal del país determinó que es procedente el cobro de impuestos de la administración capitalina por juegos y sorteos que se lleven a cabo en su territorio.