Definición judicial

Prohíben en Puerto Rico la venta del juego Raspa y Gana

26-06-2006
Tiempo de lectura 1:30 min
(Puerto Rico).- Aunque el juez superior Oscar Dávila Suliveres, abogado y gerente general de Boys & Girls Club de Puerto Rico (BGCPR), tuvo una decisión adversa, ya que las autoridades judiciales aseguran que la venta del juego no es legal.

A pesar de esto, los operadores señalaron que Raspa y Gana continuará, y no se descarta impugnar la determinación en el Tribunal Apelativo.

Fue resuelto por el juez Dávila Suliveres, que el juego Raspa y Gana es calificado como juego de azar prohibido por los estatutos. Además, resolvió que esta actividad está bajo jurisdicción del Departamento de Hacienda y las disposiciones de la Ley de la Lotería de Puerto Rico. Con su sentencia de 6 páginas, Dávila Suliveres, desestimó el pleito de BGCPR y dejó vigentes las órdenes del secretario de Hacienda, imponiéndole una prohibición a la actividad.

Según el juez, el juego puede operar hasta el 30 de junio en aquellos establecimientos donde no haya contrato con la Lotería Electrónica.

El abogado de Justicia, Gerardo de Jesús Annoni, dijo que “es un juego de azar prohibido por la Ley de Lotería de Puerto Rico”. A base de la sentencia otorgada “no se puede jugar Raspa y Gana”.

Pero Homero González, abogado de BGCPR, dijo que si aplican dicha ley a Raspa y Gana se la deben aplicar a las rifas del Partido Popular Democrático, que igualmente son un juego de azar. Indicó que no se dio el debido proceso de ley a Raspa y Gana, y que sólo hay dos cartas del Secretario para limitarlo.

“Esta decisión no es final y firme, vamos a seguir usando raspa y gana”, dijo González quien sostuvo que si se aplicara la regulación criminal que prohíbe los juegos de azar “saldríamos absueltos”.

BGCPR y PBL de Puerto Rico radicaron la demanda cuando el año pasado el Departamento de Hacienda circuló una carta entre los vendedores de la actividad de recaudación de fondos Raspa y Gana, que a su vez operan terminales de Lotería Electrónica, advirtiendo a los vendedores de acciones legales en su contra de continuar operando la actividad de recaudación.

El argumento de Raspa y Gana es que la actividad no está enmarcada dentro de la definición de la Ley de Lotería Adicional (Lotería Electrónica), como ha querido argumentar Juan C. Méndez, Secretario de Hacienda.

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