Declara ilegal la prohibición del Minsa

Perú: El Indecopi falla a favor de La Tinka y reactiva la venta de loterías en farmacias

19-06-2026
Tiempo de lectura 1:18 min

La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) de Perú declaró ilegal y carente de razonabilidad la prohibición impuesta por el Ministerio de Salud (Minsa) que impedía la comercialización de juegos de lotería y apuestas en farmacias y boticas de todo el país.

La medida restrictiva, que había sido establecida mediante la Resolución Ministerial N° 734-2025/MINSA, quedó sin efecto tras una denuncia presentada por la empresa La Tinka S.A. El fallo tiene alcance general, lo que significa que beneficia a todos los agentes económicos y locales farmacéuticos del país.

El eje del conflicto radicó en la falta de competencia del Minsa para regular actividades comerciales ajenas al ámbito sanitario.

Según el Indecopi, el ministerio justificó la prohibición bajo argumentos de "imagen institucional" y el riesgo de fomentar la ludopatía, pero no logró demostrar un riesgo técnico o sanitario real que afectara la calidad, seguridad o conservación de los medicamentos.

Además, advirtieron, la regulación de las loterías corresponde al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), mientras que las apuestas deportivas están bajo la órbita del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur). Ninguna de estas dos entidades prohíbe la venta en farmacias.

También se determinó que, de acuerdo al Decreto Supremo N° 011-2017-PRODUCE, la venta de boletos de lotería es una actividad complementaria perfectamente compatible con cualquier comercio minorista.

Finalmente, la resolución de Indecopi expuso los efectos colaterales que causaba la prohibición del Minsa, entre ellos el impacto en programas sociales. Según datos del MIMP, el 5% de la venta bruta de las loterías está destinado por ley a financiar programas de asistencia para poblaciones vulnerables, fondos que se vieron recortados por la restricción de puntos de venta.

Cabe mencionar que, si el Minsa desobedeciera la orden de Indecopi o intentara aplicar la prohibición de forma encubierta, podría enfrentar multas de hasta 20 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), además de asumir las costas y costos del proceso legal.

 

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