Tras la demanda de un apostador alemán

Un nuevo fallo del TJUE permite reclamar pérdidas de casinos online prohibidos en el país del jugador

21-04-2026
Tiempo de lectura 1:35 min

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) determinó que los jugadores pueden reclamar las cantidades perdidas en plataformas de apuestas online radicadas en otros Estados miembros, únicamente cuando estas actividades están prohibidas en su país de residencia.

La decisión del tribunal europeo surgió tras una demanda establecida por un ciudadano alemán, quien reclamó las pérdidas registradas en dos plataformas de juegos de azar con sede en Malta, luego de apostar en tragamonedas online que estuvieron prohibidas en Alemania entre 2019 y 2021.

Durante el mencionado período, en territorio germánico sólo estaban permitidas las apuestas deportivas e hípicas y loterías, mientras que las slots online se encontraban restringidas.

El fallo del Tribunal se fundamentó en que los Estados miembro de la Unión Europea (UE) pueden restringir los juegos de azar online, particularmente por la protección a los consumidores.

Prestación de juegos de azar transfronterizos

El caso abrió un debate en lo referente al Derecho transfronterizo de la Unión Europea, pues este considera a los juegos de azar online como servicios. En el momento en que el ciudadano alemán demandó ante la Justicia de Malta, este tribunal local elevó la petición al TJUE para aclarar si el principio de libre prestación de servicios en la UE permite a los países imponer restricciones a los juegos de azar, incluso cuando el operador cuenta con licencia en otro Estado miembro.

En su sentencia, el TJUE declaró que el Derecho comunitario de la UE "no se opone a una normativa nacional que prohíba la organización en línea de juegos de casino, de máquinas tragamonedas y de determinadas apuestas, como las apuestas sobre los resultados de sorteos de loterías, con el fin de canalizar la actividad de juego hacia circuitos controlados y luchar contra los mercados paralelos".

De acuerdo al análisis de los jueces europeos, la prestación de juegos virtuales de azar "puede restringirse por razones imperiosas de interés general, en particular la protección de los consumidores y del orden social", por lo que la normativa alemana perseguía "objetivos legítimos".

El fallo también sostuvo que las apuestas online “presentan riesgos específicos mayores”, especialmente por el acceso permanente, el aislamiento y el anonimato del jugador, la falta de control social, la frecuencia potencialmente ilimitada y su atractivo para jóvenes y públicos vulnerables.

En ese sentido, cada Estado miembro de la UE es libre de fijar su propio nivel de protección y que estas normas no impiden que sus efectos sean reconocidos jurídicamente.

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