En Chillán, Región de Ñuble

Chile: La agencia tributaria querella a 12 personas de nacionalidad china por explotar casinos ilegales

26-11-2025
Tiempo de lectura 1:22 min

El Servicio de Impuestos Internos (SII), la agencia tributaria de Chile, informó que ha presentado una querella contra 12 personas de nacionalidad china, en el marco de una causa por juego ilegal y acusados de explotar casinos ilegales en la comuna de Chillán, en la Región de Ñuble.

Según medios locales, los querellados no registran la presentación de declaraciones mensuales de Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto a la Renta, ni la autorización correspondiente de la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) o el municipio correspondiente.

De acuerdo a los antecedentes del SII, entre octubre y noviembre de 2024 se realizaron controles de cumplimiento tributario en Chillán, donde se pudieron detectar locales comerciales dedicados a la explotación de máquinas de azar y juegos de apuestas, conocidos como “casinos populares”.

Dichos comercios, añadieron, “contaban con una gran cantidad de máquinas de juego del tipo tragamonedas (entre 29 y 84 máquinas por local), además de la presencia de público al interior de estos locales”.

Además, el SII alertó sobre el ingreso de menores de edad o la declaración de impuestos respecto del giro principal declarado, “omitiendo los ingresos obtenidos a través de las máquinas de juego”.

“El carácter clandestino de estas actividades se verificó también al considerar que los locales comerciales en los cuales ejercen el giro de casinos de juego, mantienen vidrios polarizados con el objeto de evitar la fiscalización de la autoridad, carecen de patente municipal y no mantienen autorización de la SJC para operar en la ciudad de Chillán”, detallaron.

Los delitos incluidos en la querella se corresponden con el artículo 97, N°8 del Código Tributario, que sanciona “el comercio ejercido a sabiendas sobre mercaderías, valores o especies de cualquiera naturaleza sin que se hayan cumplido las exigencias legales relativas a la declaración y pago de los impuestos que graven su producción o comercio”.

Respecto del perjuicio fiscal asociado a estos ilícitos, dado que se trata de actividades clandestinas desarrolladas por los querellados, por el momento no es posible determinar el monto del perjuicio ocasionado por estas actividades ilícitas. Ello será determinado por el Ministerio Púbico.

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