El Ministerio de Economía de Argentina, mediante la Secretaría de Industria y Comercio, aprobó una resolución que establece un nuevo régimen de publicidad comercial, en el cual se incluyen nuevas pautas para los anuncios sobre juegos y apuestas online, referidas al juego compulsivo.
Según la Resolución 446/2025, publicada el 3 de noviembre en el Boletín Oficial, las publicidades de iGaming emitidas por medios televisivos, radiales y digitales, así como las difundidas por influencers, deberán incluir las leyendas: “EL JUGAR COMPULSIVAMENTE ES PERJUDICIAL PARA LA SALUD” Y “+18”.
Dichas leyendas deberánser proporcionadas “dentro del espacio destinado a la pieza publicitaria, ocupando al pie de la misma, la totalidad de su espacio horizontal, y con una altura igual o mayor al 10% de la altura total del anuncio”.
Asimismo, los caracteres tipográficos de las leyendas “deberán ser claramente visibles, en negrita, exhibirse en sentido horizontal y con contraste de colores que permitan su clara visualización”.

Además, se indica que la permanencia de la advertencia “deberá ser continuada durante todo el tiempo en que sea emitido el anuncio, ya sea en pantalla televisiva, en medios digitales o de cualquier otro formato, medio o plataforma de difusión”.
En el caso que una persona —como un influencer— haga mención a juegos y apuestas online, “la permanencia de la advertencia y leyenda deberá ser continuada durante todo el tiempo que se esté haciendo alusión a la modalidad de participación y/o acceso a los sitios de juegos y apuestas”.
A su vez, “en publicidades emitidas por medios radiales, la leyenda y advertencia deberá estar al finalizar el anuncio, debiendo ser locutada en forma clara, sin música de fondo, audible y comprensible, no pudiendo ser la misma más veloz, en comparación con el texto locutado en el cuerpo principal del anuncio”.
Por último, se crea un canal de denuncias para reportar a figuras públicas o influencers que promocionen, mediante redes sociales o cualquier medio, sitios de juegos apuestas online “sin incluir la leyenda obligatoria determinada”.