El Instituto Provincial de Juegos de Azar de Jujuy (Inprojuy) informó a la comunidad de dicha provincia argentina que todas las actividades vinculadas a juegos de azar — como rifas, bingos, sorteos u otras modalidades— deben contar la autorización previa emitida por el organismo, tal como establece la Ley Provincial Nº6334/21.
A partir de ello, advirtieron que “la organización de estos eventos sin autorización constituye una actividad ilegal, pasible de sanciones administrativas y penales, conforme al Artículo 301 bis del Código Penal Argentino”, que contempla penas de hasta seis años de prisión.
Desde INPROJUY hicieron un llamado a la responsabilidad individual y colectiva, subrayaron además que los menores de edad no pueden participar ni apostar en ningún tipo de juego de azar, ya que esto vulnera derechos fundamentales y constituye una infracción grave.
“Antes de organizar un bingo, rifa o sorteo, es fundamental consultar su legalidad y gestionar la debida autorización ante el Instituto”, remarcaron finalmente.