La Tercera Sala de la Corte Suprema de Chile confirmó una sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique en noviembre de 2024 y ratificó una sanción impuesta por la Unidad de Análisis Financiero (UAF) contra el Casino Dreams Iquique.
En su fallo, el tribunal supremo rechazó el reclamo de la sociedad Casino de Juegos de Iquique, subsidiaria de Dreams, contra la sanción de la UAF, que acusaba infracciones a la normativa relativa a “los contenidos mínimos que deben contemplar los programas de capacitación para trabajadores en prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo”.
Por ello, el operador de casinos deberá aceptar una amonestación escrita y deberá pagar una multa de 50 Unidades de Fomento, que a la fecha equivaldría a CLP 1.958.100 o USD 2.073.
En su momento, Dreams había reclamado la sanción argumentando que sí habían realizado la capacitación correspondiente y que “la UAF arribó a una conclusión errónea al basarse en una revisión incompleta de los antecedentes presentados”.
Frente a ello, la Corte de Apelaciones de Iquique rechazó el reclamo, concluyendo que no existía ilegalidad en el actuar de la UAF y que “el procedimiento sancionatorio se tramitó conforme a derecho, respetando las garantías procesales de la sociedad sancionada, quien tuvo oportunidad de presentar descargos y ofrecer prueba”.
En la misma línea, la Corte Suprema resolvió que “la UAF actuó dentro de las atribuciones legales conferidas, [...] al fiscalizar el cumplimiento de instrucciones generales”. “Como sujeto obligado, la sociedad recurrente tiene el deber de proporcionar todos los antecedentes necesarios para verificar el cumplimiento de dichas instrucciones”, explicaron.