Iniciativa de Constanza Alonso

Suman un nuevo proyecto para prohibir la publicidad de las apuestas online en Argentina y no descartan elaborar un texto común

La diputada argentina Constanza Alonso
22-05-2024
Tiempo de lectura 3:05 min

La diputada argentina Constanza Alonso presentó un proyecto de ley que busca prohibir todo tipo de publicidad de las plataformas de juego online. Además, apunta a restringir los patrocinios deportivos de las casas de apuestas en los clubes deportivos argentinos.

De esta forma, la iniciativa de Alonso se suma otras propuestas similares, como las de los diputados Maximiliano Ferraro y Eduardo Toniolli, que también plantean restricciones a la publicidad del sector online y que fueron presentadas en la Cámara de Diputados de Argentina. 

En diálogo con Yogonet, Alonso manifestó que, si bien los proyectos presentados “están sometidos a diversas comisiones”, no descarta que el bloque que integran el diputado Toniolli y ella, Unión por la Patria, apunte a presentar un único texto en la materia.

“Estamos prontos a realizar una reunión de integrantes de nuestro bloque que presentaron proyectos de esta materia, a fin de realizar comparaciones y evaluar un texto común que contemple el mejor articulado”, afirmó la legisladora.

En esa línea, Alonso explicó que el objetivo “es reducir y regular la publicidad de apuestas online en Argentina para proteger a los jóvenes y adolescentes”. “Al disminuir la cantidad de anuncios de apuestas, estaríamos ayudando a prevenir que más personas desarrollen ludopatía”, advirtió.

A su vez, cuestionó que en Argentina “aún no existe una ley a nivel nacional que regule las plataformas online y tampoco hay estadísticas oficiales acerca de la ciberludopatía juvenil”.

Sobre el proyecto de ley, la diputada detalló que, tal como se indica en el artículo 2, “apunta específicamente a prohibir la publicidad, promoción y patrocinio de juegos de apuestas online en las jurisdicciones que adhieran a la presente ley, sin que afecte a otros operadores como las loterías provinciales”.

A diferencia de las apuestas realizadas por medio de loterías, el acceso a los juegos de apuestas online resulta muy sencillo, rápido y poco controlado, y siembran las bases para la extensión y consolidación de un consumo problemático en adolescentes y jóvenes”, alertó.

Asimismo, señaló que, “en los últimos años, las apuestas online han crecido de manera exponencial en Argentina, llevando a una proliferación de publicidad agresiva, especialmente en el ámbito deportivo”. Añadió que, “a diferencia de varios países europeos, Argentina aún no cuenta con una legislación específica que regule la publicidad de apuestas online”.

En ese contexto, expresó que se está impulsando la campaña ‘Apostar no es un Juego’, la cual “tiene como propósitos dimensionar el alcance y la penetración de la problemática en adolescentes y jóvenes, concientizar a la sociedad en su conjunto sobre la extensión del problema y generar incidencia y mejoras en políticas públicas destinadas a la limitación de la difusión, promoción y acceso a las apuestas online”.

Iniciativa legislativa

En su artículo 2, el proyecto plantea que, “a los fines de cumplir con la prevención de la ludopatía, se prohíbe la publicidad, promoción y patrocinio de juegos de apuestas online en las jurisdicciones que adhieran a la presente ley”.

“Queda comprendida todo tipo de publicidad: publicidad tradicional, online, en redes sociales, impresa, correo directo, videos, publicidad exterior, en celulares, internet, por emplazamiento del producto, por radios o podcast, o cualquier otro medio actual o que surja en el futuro”, establece el texto.

En esa línea, en su artículo 4, propone que los operadores que infrinjan dicha normativa sean sancionados con “una multa de 20 a 100 Salarios Mínimos Vitales y Móviles a toda persona física o jurídica que publicitare o promocionare juegos online en los supuestos mencionados precedentemente”. En caso de reincidencia, se plantea una suspensión o una quita de la licencia.

Por último, la iniciativa añade que quedan exceptuadas de la prohibición “la publicidad o promoción que se realice en el interior de las salas de juegos de azar y los lugares de venta de lotería habilitados”. “En tales casos, la publicidad o promoción deberá incluir en un lugar visible y conforme lo determine la reglamentación la leyenda: ‘jugar en exceso es perjudicial para la salud’”, se lee en el artículo 5.

Acceda aquí al proyecto de ley de la diputada Constanza Alonso.

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