España

Jdigital: La sentencia del Tribunal Supremo sobre la publicidad del sector del juego online “es una noticia muy positiva”

Jorge Hinojosa, presidente de Jdigital
12-04-2024
Tiempo de lectura 2 min

La Asociación Española de Juego Digital (Jdigital) celebró la reciente sentencia emitida por el Tribunal Supremo, la cual anula una serie de artículos del Real Decreto 958/2020 sobre comunicaciones comerciales de las actividades del sector online en dicho país.

En un comunicado, la institución presidida por Jorge Hinojosa afirmó que la sentencia “es una noticia muy positiva para la asociación y para el sector del juego online”.

“La sentencia pone de manifiesto que, en la pasada legislatura, la regulación de la publicidad del sector impuso unos límites y restricciones desproporcionados, que no observaban medidas de amparo legal suficiente, como reclamamos en nuestro recurso”, remarcaron.

Cabe señalar que la Sala Tercera del alto tribunal estimó parcialmente el recurso de Jdigital contra el referido decreto, que establece que los anuncios de apuestas solo se pueden emitir entre la 1 y 5 horas.

Ahora, la sentencia anula los artículos 13, en sus apartados 1 y 3, que refieren a la promoción de la actividad dirigida a nuevos clientes; el artículo 15, que prohibía la aparición de personajes famosos o influencers en las publicidades; y el artículo 23.1, que establecía una prohibición generalizada para la difusión de comunicaciones comerciales.

También se anularon el artículo 25.3, sobre la publicidad del juego en plataformas de intercambio de vídeos; y el artículo 26, apartados 2 y 3, que limitaban la posibilidad de hacer publicidad en redes sociales.

Sin embargo, desde Jdigital advirtieron que “es necesario ser cautelosos y analizar convenientemente el calado de esta medida, que tiene un alcance limitado”, ya que, por una parte, las principales restricciones a las comunicaciones comerciales del juego han sido reguladas con rango de ley, a través de la Ley General de Comunicación Audiovisual, por lo que, por ejemplo, los límites horarios van a seguir vigentes.

Por otro lado, indicaron que el Código de Conducta publicitaria sigue vigente. Este mecanismo de autorregulación limita las comunicaciones comerciales del sector y fue modificado en 2019 para reforzar la protección de los consumidores y, por ejemplo, limita los bonos de bienvenida a un máximo de EUR 200 o impide que aparezcan en la publicidad personajes famosos menores de 25 años.

Además del limitado alcance de los artículos anulados, desde la industria somos sensibles a las demandas sociales y abogamos por trabajar por un marco garantista, con un compromiso de prudencia por parte de nuestros asociados en la adaptación de la actividad publicitaria, con el objetivo de reforzar el compromiso del sector con la protección de los consumidores y de los públicos más vulnerables”, reconocieron.

En ese contexto, desde Jdigital reiteraron su deseo “de establecer un diálogo con el regulador para conocer su valoración de la sentencia y poder trabajar conjuntamente en un marco regulatorio proporcionado, en los términos que ha fijado el Supremo”.

“Esperamos que esta resolución sirva para que, en la presente legislatura, el Gobierno atienda las demandas del sector en el ámbito regulatorio y fomente el diálogo público-privado. Queremos ofrecer nuestro conocimiento para la elaboración de normas proporcionadas que garanticen los objetivos de juego responsable que todos defendemos y perseguimos”, concluyeron.

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