La Lotería del Estado de Río de Janeiro (LOTERJ) publicó en el Boletín Oficial del Estado una rectificación al Aviso de Acreditación nº 01/2023, acerca de la llamada 'Modalidad de Lotería de Apuestas Deportivas de Cuota Fija'. En la misma se amplía las modalidades de lotería a las previstas y autorizadas en la legislación vigente, incluyendo las instituidas y especificadas por la Ley nº 13.756/2018.
La rectificación traerá como una de sus mayores polémicas la nueva definición de territorialidad. Según la nueva medida, se permitirá al operador con licencia en Río de Janeiro comercializar apuestas en todo el país y no sólo en el Estado carioca.
Según lo publicado por LOTERJ, ahora el acreditado también podrá explorar otras actividades comerciales en la plataforma de apuestas, como juegos de estrategia, habilidad y otros juegos electrónicos; siempre que sean compatibles con la legislación federal y estatal.
Otro cambio de la convocatoria es el relativo al plazo de inscripción, dejando la acreditación para la operación y desarrollo de servicios de lotería abierta y disponible para solicitudes de calificación hasta las 18 del décimo quinto día natural siguiente a la publicación de este Aviso Modificado, siendo esta fecha el 11 de agosto.
El aviso también actualiza varios puntos de la Medida Provisional nº 1.182/2023, que prohíbe la participación en la operación de apuestas deportivas a aquellos que tengan participación en una Sociedad Anónima de Fútbol o en una organización deportiva profesional. La prohibición también alcanza a las Personas Físicas que actúen como dirigentes de un equipo deportivo brasileño.
Con la rectificación, el aviso de acreditación de LOTERJ queda ahora de la siguiente manera:
“El objeto de la presente Convocatoria Pública es la Acreditación de las personas jurídicas especializadas en el desarrollo y explotación del Proyecto de Convocatoria Pública 56465552 SEI SEI-150162/000380/2023 / pág. 4 servicios de lotería pública, por un período de hasta cinco años, de acuerdo con los requisitos y dentro de los límites y condiciones estipulados por la presente Convocatoria Pública, en el ámbito territorial del Estado de Río de Janeiro, definiendo criterios generales para la explotación comercial, exclusivamente en entorno virtual, con acceso online en dispositivo personal o mediante aplicación móvil (Apps), web, VLT (Terminal de Video Lotería), POS (Punto de Venta) o Terminales/Totens, exclusivamente en entorno competitivo, de las modalidades de lotería previstas y autorizadas en la legislación vigente, incluyendo las establecidas y especificadas en los arts. 14, § 1, y 29 de la Ley Nº 13.756/2018 -loterías pasivas, loterías numéricas, loterías específicas, loterías deportivas, loterías instantáneas y apuestas deportivas a cuota fija-, así como de cualesquiera otras loterías virtuales compatibles o correspondientes, a modalidades autorizadas y vigentes durante el período de acreditación”.