Félix Vílchez, gerente regional de Desarrollo de Negocios

SOFTSWISS: “La regulación del mercado peruano abrirá oportunidades para nuevas asociaciones en LatAm”

El gerente regional de Desarrollo de Negocios de SOFTSWISS, Jonathan Félix Vílchez.
13-09-2022
Tiempo de lectura 7:09 min

El gerente regional de Desarrollo de Negocios de SOFTSWISS, Jonathan Félix Vílchez, se refirió a la aprobación y promulgación del marco regulatorio para el juego y las apuestas deportivas online en Perú. En una reciente columna, sostuvo que dicho escenario implicaría una oportunidad de negocios para la compañía proveedora de soluciones de juego online que integra.

En su opinión, “sin duda alguna es una buena noticia la aprobación de la Ley que regula la explotación de los juegos a distancia y las apuestas deportivas, el pasado 15 de julio, cuando el Congreso de la República votó y aprobó en mayoría el proyecto, que en una ceremonia especial el presidente Pedro Castillo firmó el pasado viernes 12 de agosto, con la ley N° 31.557 que oficializa y promulga esta medida”.

“Pasaron tres presidentes y tres Congresos desde que en el año 2018, la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) presentase formalmente la iniciativa de regulación. Después de cuatro años, finalmente se logró la aprobación y se hizo oficial la Ley, en un trabajo conjunto y de consenso entre el Poder Legislativo y el Ejecutivo, en beneficio del país y la industria de juegos de azar”, explicó.

“Para SOFTSWISS, como líder del sector, la aprobación de esta ley desempeña un papel importante. En primer lugar, abre el potencial para los clientes actuales y futuros de la empresa. Los expertos predicen que el mercado peruano crecerá rápidamente debido al desarrollo de la industria del iGaming en la región. En segundo lugar, la regulación del mercado peruano abrirá oportunidades para nuevas asociaciones en LatAm, donde SOFTSWISS está expandiendo rápidamente su influencia”, expresó.

Esta ley consta de 63 artículos que, desde nuestro punto de vista y opinión, dan un marco legal, administrativo y tributario que favorece y alienta el desarrollo del mercado peruano y las inversiones internacionales de compañías multinacionales e inversionistas en general. La Ley ha establecido como regulador de la actividad al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), siendo la Dirección General de Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas la encargada de ejecutar este rol”, agrega Félix Vílchez.


El presidente Pedro Castillo promulgó la norma en agosto.

Consideramos que esta ley favorece el desarrollo del mercado peruano, debido a que en el artículo 7 hace referencia a la autorización de explotación de plataformas tecnológicas, e incluye a las compañías constituidas en el país pero también a las extranjeras domiciliadas en el exterior. Así mismo sucede en el capítulo X y los artículos referidos a la obligación del pago de los impuestos, las disposiciones complementarias y modificatorias, el nacimiento de la obligación, los sujetos del impuesto; y el capítulo IV, referido a los métodos de control y de pago, entendiéndose que la obligación de pago se inicia desde el momento que se vende el primer ticket de apuesta”.

“En ese sentido, y conociendo el nivel de profesionalismo y fiscalización de la agencia de impuestos peruana (SUNAT), resulta difícil pensar que alguna compañía deje de pagar, además de los derechos de explotación, otros impuestos como el de la renta, debido que estará brindando un servicio tecnológico dentro del territorio peruano”, analizó el ejecutivo.

“Por otro lado consideramos que, en el caso de existir algún vacío tributario, éste sería corregido a través de un Decreto Supremo de esta agencia, y consideramos que este punto debería ser detallado en el reglamento técnico que el regulador tiene como tarea desarrollar y presentar en los próximos cuatro meses. Finalmente, en este tema tributario la agencia de impuestos tiene las facultades suficientes para emitir las normas y disposiciones complementarias”, aseguró.

“El artículo 8 hace referencia a la autorización y registro (Homologación) al que deben someterse las plataformas tecnológicas, juegos, sistemas progresivos, componentes de juego y pasarelas de métodos de pagos, entre otros. Así mismo, según esta ley, es evidente que en el proceso de solicitud de las autorizaciones de explotación, cada compañía será sometida a un riguroso proceso de due diligenceKYCAML acorde a las leyes de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo vigentes en el país, con la participación de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS)”.

“Después de pasar y aprobar este riguroso procedimiento, las compañías obtendrán la autorización (licencia online) por seis años, y deberán pagar una garantía equivalente a 200 UIT (Unidades Impositivas Tributarias., hoy una UIT equivale a $ 4.600 soles), lo que equivale a USD 240.000. Esta garantía puede ser presentada a través de carta fianza, depósito bancario o una póliza de caución, y se debe renovar cada año por el periodo de la autorización”, expresó.


El Congreso peruano aprobó la norma a mediados de julio.

“La autorización también incluye a las agencias de apuestas presenciales (canal retail) que pueden estar vinculadas al mismo titular de la licencia online, o de otra persona jurídica vinculada”, agregó Félix Vílchez, quien consideró además que “la ley ha fijado el pago por cada agencia de apuestas, con una garantía de 5 UIT, que equivalen a USD 6.000”.

“De igual manera que la licencia online, esta garantía puede ser presentada a través de carta fianza, depósito bancario o una póliza de caución, y se debe renovar cada año por el período de la autorización. En nuestra opinión, consideramos que éste es el punto principal que ha generado el malestar y oposición a esta ley, ya que podría constituir un elevado presupuesto financiero para algunas compañías locales, teniendo en cuenta que el presupuesto total del pago de esta garantía está en función de la cantidad de agencias que se definan mantener en el mercado. Sin embargo, en este nuevo escenario consideramos que será necesario la reestructuración del plan de negocios y estrategia comercial de cada operación, enfocados en desarrollar y empoderar más el canal online en los próximos años, manteniendo una presencia estratégica del canal retail en el país”.

“La ley también incluye a los laboratorios de certificación, que además de pasar por el proceso de registro y acreditación ante el regulador, deberán pagar una garantía de 100 UIT que equivalen a USD 120.000, que se deberá renovar cada año”, expresó.

Respecto al impuesto por derecho de explotación, la ley lo ha fijado en un 12% mensual sobre el net win, y considera un 2% de gasto deducible por mantenimiento tecnológico de las plataformas. El pago de este impuesto mensual por parte de las compañías que operen dentro del país es considerado como un gasto deducible, a los efectos del cálculo del pago anual del impuesto a la renta”, agregó.

“El regulador y las instituciones de gobierno relacionadas, como la SUNAT, la UIF, la Superintendencia de Banca y Seguros, el Instituto Nacional de la Defensa y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) y la Policía Nacional, desarrollarán un rol conjunto de fiscalización de la actividad, según las competencias de sus funciones y lo establecido en esta ley. Por ejemplo, la ley establece que como parte de las funciones de fiscalización y auditoría tributaria, la agencia de impuestos SUNAT debe tener acceso a las bases de datos de jugadores y registros de transacciones de cada operador. Y el regulador, dentro de sus competencias, deberá proceder a bloquear y denunciar ante la autoridad competente, todas las plataformas y aplicaciones que no tengan autorización y continúen operando de forma ilegal cuando entre en vigencia la ley”, comentó.

“Respecto a los aspectos tecnológicos, la ley ha establecido que el hosting, los servidores y bases de datos pueden estar ubicados en centros de cómputo adecuados y conforme a las normas establecidas para éstos, dentro del país o en el extranjero, y el operador debe garantizar y brindar los accesos requeridos para las funciones de supervisión y auditoría del regulador y la agencia de impuestos, principalmente”.


Roberto Sánchez, titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.

“Del lado del cliente, la Ley ha dejado establecido que no habrá más jugadores y apuestas anónimas, por lo que cada operador -a través de las plataformas- deberán cumplir formalmente con el registro e identificación de los jugadores, que deben acreditar ser mayores de edad, identificar si son peruanos o extranjeros, así como los métodos de pago, apuestas y premios, entre otros. Y ha dejado establecido que los métodos de pago a usar, serán todos los permitidos por la ley (efectivo, tarjetas de débito y crédito, transferencias bancarias, entre otros), a excepción de las criptomonedas, que están prohibidas”, aseguró Félix Vílchez.

El regulador aún tiene en su agenda, preparar y presentar el reglamento técnico de esta ley, que debe ser aprobado y publicado a través del diario oficial El Peruano en un plazo máximo de cuatro meses contados a partir de la firma de la ley por parte del presidente de la República. Es en esta etapa en la que sugerimos al Gobierno y al regulador, que convoque a las compañías, empresarios y consultores especializados en el país y el extranjero, para escuchar y recibir los aportes de cada uno, y le faciliten elaborar un reglamento técnico muy completo”.

Después de la aprobación del reglamento técnico, la ley entrará en vigencia a los dos meses, por lo según el plazo establecido, la ley entraría en vigencia en marzo de 2023, fecha a partir de la cual el estado peruano recibirá los ingresos por derechos de explotación de esta actividad, y la distribuirá de la siguiente manera: 20% ingreso al tesoro público, 20% será transferido al Ministerio de Salud para el programa de Salud Mental, 40% ingreso para MINCETUR (se destinarán 25% para tareas de control y fiscalización de la actividad; 75% se destinará para la promoción y desarrollo turístico), y finalmente un 20%, que será transferido al Instituto Peruano del Deporte (IPD) para la promoción y masificación del deporte a nivel nacional”.

Según los cálculos del Gobierno, con la regulación de esta actividad se espera recaudar 160 millones de soles (USD 40 millones, en promedio), que si bien es una cifra importante, desde nuestro análisis y conocimiento del potencial de desarrollo del mercado peruano, consideramos que la cifra de recaudación podría ser mayor cada año, al consolidarse la maduración del mismo y el ingreso de nuevos operadores”.

“Por ello, debemos tener en cuenta el proceso de maduración y crecimiento del mercado colombiano, y las primeras cifras de crecimiento del mercado argentino. Hay un largo camino por recorrer, como les ha tocado a países como Colombia, y ahora Argentina y Panamá, pero es muy importante y decisivo el paso que ha dado el Perú al regular el mercado. Somos optimistas, llevaremos a cabo el seguimiento permanente y, con la disposición de brindar nuestro aporte al sector junto al regulador, como ya lo hemos hecho antes con reguladores como Coljuegos, y acompañando a las compañías locales e internacionales en el desarrollo de negocios, esta vez en un mercado regulado”, finalizó el ejecutivo.

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