Escalada judicial

Argentina: CET demandó a Lotería de Córdoba y reclama ser la única operadora del juego online

27-06-2022
Tiempo de lectura 4:01 min

La polémica por la habilitación de las apuestas online en la provincia de Córdoba sumó un nuevo elemento, que siembra dudas en la licitación: la Compañía de Entretenimiento y Turismo (CET) demandó a la Lotería de Córdoba Sociedad del Estado, por incumplir el contrato de exclusividad para la explotación de juegos de azar en la provincia.

El reclamo de la empresa agotó la vía administrativa y llegó a la Cámara en lo Contencioso Administrativo de segunda nominación, donde el Gobierno confía en tener una resolución favorable ante el planteo, al que consideran “sin asidero”.

Con su escrito, el CET fundamentó la demanda con la que busca que la Justicia obligue al regulador, a que la autorice a operar juegos online de manera exclusiva y sin pasar por la licitación.

De acuerdo con el razonamiento de CET, el contrato a través del cual el Gobierno provincial le entregó la explotación exclusiva de las tragamonedas a principio de siglo, prevé que podría ampliar su operación cuando los juegos de azar (incluyendo las apuestas deportivas) se comercialicen “por otros medios, como Internet”.

No pueden haber tenido la exclusividad de algo que en ese momento no existía o era ilegal”, respondió Lotería de Córdoba a través de su escrito. “La exclusividad de las slots se limita a las salas”, agregó el organismo que administra los juegos de azar en la provincia.

Cuando aún faltaban 560 días para que la Legislatura provincial aprobara la licitación del juego online en Córdoba, la empresa se presentó ante la Lotería de Córdoba, con un pedido de autorización para comenzar a operar bajo esta modalidad de apuestas. Fue el 18 de junio de 2020, cuando se atravesaba la etapa más restrictitiva de la cuarentena.

La empresa adujo que, por el cierre de las salas, corría riesgo de supervivencia, “al punto de impedirle la atención de sus obligaciones “, lo cual “conduce a una evidente situación crítica de rasgos y consecuencias imprevisbles y de futuro incierto”.

En ese contexto, CET abrió anticipadamente el paraguas y solicitó la autorización para operar los juegos online, adviertiendo en esa nota que, a su entender, “la eventual explotación de juegos por Internet por parte de terceros ajenos a CET, constituiría una violación a la exclusividad otorgada” durante el primer gobierno del ex gobernador José Manuel de la Sota.

Por ello, cuando trascendió que en la legislatura provincial se preparaba el terreno para habilitar el juego online, los abogados de CET pusieron sobre la mesa estos antecedentes, y el contrato firmado en 2002, e iniciaron el reclamo administrativo, paso previo a la demanda judicial que presentaron contra la Lotería de Córdoba, donde la acusan de violentar el contrato y afectar el derecho a la propiedad, entre otros puntos.

CET sostiene que abrir una nueva licitación, para otorgar licencias de juego, implicaría “sin dudas una violación de la exclusividad” que la empresa ostenta. Para Lotería de Córdoba, en cambio, ese es el quid de la cuestión que se debate en la Cámara en lo Contencioso Administrativo; con una posibilidad cierta de extender a otros tribunales el pleito, ya que hay “reserva federal” del caso.

Para CET, el decreto que habilita la explotación de las slots es claro (y a su favor), al equiparar a las slots con “juegos (...) a través de Internet”. Por ello, la empresa argumentó ante la Justicia: “No puede confundirse juego con modalidad de juego, pues este último apunta a la forma en que se juega, pero siempre sobre los juegos de una misma licencia”, es decir, la que tiene por exclusividad CET.

En ese punto, CET sostiene en el expediente que abrir a más empresas el juego online “sería convertir a una licencia exclusiva en un derecho endeble, artificial (y) transgredir la naturaleza de la concesión”. Por ello, la empresa calificó de “avasallamiento” la licitación de hasta diez licencias de apuestas, hoy en marcha.

En este marco, el planteo judicial es que “la variante en la forma de jugar y apostar (se da) a partir de la evolución tecnológica, pero sin alterar la sustancia del juego de azar que comprende la licencia” que CET tiene desde hace más de 20 años.

En una maniobra habitual en estos casos, en los que se pretende abrir una negociación, CET detalló que tiene 773 empleados directos en 17 salas, y cuatro hoteles con 146 habitaciones, estructura que correría riesgo si Lotería de Córdoba no da razón al planteo.

Este conglomerado de actividades se verá gravemente afectado si se otorga a terceros, licencias para operar de modo digital o virtual, los mismos juegos que explota CET. ¿Cuál es entonces el sentido de la exclusividad?”, se pregunta la empresa en el expediente. Sin embargo, en este punto es donde parece abrirse una vía de negociación, ya que CET achica el universo paralelo de juegos a aquellos que son “idénticos” a los que opera en 16 localidades.

Al sostener que la exclusividad es respecto de las salas, la Lotería de Córdoba dice en su escrito que el planteo de CET es absurdo: “Lo planteado por la empresa es contrario a la licencia otorgada, ya que también existe un limitante en cuanto a los puestos de juego”, dice refiriéndose a la cantidad de máquinas habilitadas en las 17 salas que explota en 16 localidades.

Por ello, el regulador expuso en la resolución en la que rechazó el pedido de CET (formulado en junio de 2020), que “el alcance” de la licencia habilita a la empresa a “operar máquinas en los establecimientos previstos en la ley 8.837″.

Que el pedido de CET haya sido anterior al proyecto de ley que ingresó Juntos por el Cambio a la Unicameral, abre la incógnita de quién fue, finalmente, quien promovió la legalización del juego online en Córdoba. Por ahora, el regulador debió prorrogar el proceso licitatorio, con la idea de preadjudicar las licencias el 2 de septiembre y firmar los contratos el 11 de octubre.

Una semana después, las apuestas por internet estarían disponibles desde cualquier dispositivo en Córdoba. Ese es el plan oficial. Resta saber qué opina la Cámara en lo Conteciso Administrativo de segunda nominación, primer peldaño de la escalera judicial del reclamo de CET.

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