Cabe señalar que el mencionado decreto, del 31 de marzo, establece en su artículo 37 las “medidas de restricción a las comunicaciones comerciales de las entidades que realicen una actividad de juego regulada en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego”.
Los puntos que estaban en vigencia hasta su derogación, a través del decreto emitido ayer, aplicaban a todas las entidades que desarrollen una actividad de juego incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 13/2011.
“A efectos de lo previsto en este artículo, se entiende por comunicaciones comerciales cualquier forma de actividad publicitaria difundida por cualquier medio o soporte, destinada a promocionar, de manera directa o indirecta, las actividades de juego definidas en el ámbito de aplicación de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, o las entidades que las realizan”, destacaba el texto.
Por ello, hasta el día de ayer se prohibían “las comunicaciones comerciales que, de forma implícita o expresa, hagan referencia a la situación de excepcionalidad que deriva de la enfermedad COVID-19 o interpelen al consumo de actividades de juego en este contexto”.
Las entidades referidas no tuvieron permitido realizar actividades de promoción dirigidas a la captación de nuevos clientes o de fidelización de clientes existentes, que recojan cuantías económicas, bonos, bonificaciones, descuentos, regalos de apuestas o partidas, multiplicadores de cuotas o premios o cualquier otro mecanismo similar.
Tampoco podías emitir “comunicaciones comerciales en los servicios de comunicación audiovisual”, excepto en la franja horaria comprendida entre la 1 y las 5 de la mañana; ni “comunicaciones comerciales que se comercialicen, vendan u organicen por prestadores de servicios de intercambio de vídeos a través de plataformas”, ni en servicios de la sociedad de la información (incluidas comunicaciones individualizadas en correos electrónicos o medios equivalentes y redes sociales).