Según la normativa vigente en España, las ganancias obtenidas en el juego, sea presencialmente en un casino o de forma online, deben incluirse en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y las pérdidas pueden ser compensadas hasta el límite de los beneficios logrados el mismo año. Ahora, además, la Justicia abre la puerta a que los jugadores puedan deducir del pago de sus tributos los gastos por participar en el juego: inscripción, estadía y viáticos.
El diario económico Cinco Días informó que así lo establecen dos sentencias recientes de los Tribunales Superiores de Justicia de Galicia y Baleares. La primera hace referencia a un contribuyente que no presentó declaración de la renta de 2010 pese a que la Agencia Tributaria estima que aquel año ganó 32.800 euros al quedar segundo en el Spanish Poker Tour disputado en el Gran Casino Castellón, otros 6.500 euros por la 10° posición del Spanish Poker Tour Lloret de Mar del Gran Casino Costa Brava y 2.300 euros en dos torneos del Spanish Poker Tour Sevilla, en el Gran Casino Aljarafe. El fisco le exigió 12.425,98 euros y 7.997,21 euros de sanción.
El contribuyente recurrió y negó haber jugado. Explicó que entonces era estudiante de Ingeniería en la Universidad de Vigo y que en sus cuentas solo figuraban ingresos de sus padres. Alegó que sus datos se habrían utilizado falsamente para la inscripción en esos torneos. Si bien los tres casinos confirmaron su asistencia y las ganancias, los jueces solo dan por bueno el dato del torneo de Castellón porque la Agencia Tributaria no pidió testificar al resto. La falta de rastro contable la obvian porque los premios eran en efectivo. Como consecuencia, el tribunal estimó parcialmente el recurso y obligó al fisco a recalcular la liquidación –y la sanción– tomando solo los 32.800 euros de Castellón, pero restando los 1.100 euros de la inscripción.
El caso de Baleares involucra a un jugador de póquer profesional que declaró ganancias patrimoniales por 35.000 euros en 2010. El fisco le reclamó 40.496,82 euros más 18.288,94 euros de multa, por infracción grave de ocultación, al constatar que en realidad había ingresado 190.000 euros. El jugador recurrió aduciendo que la inspección fue indiscriminada y que habría que descontar del monto los 57.870 euros abonados para inscribirse en los torneos y los 27.300 euros de sus gastos de desplazamiento, estancia y manutención.