Un total de 19 empresas se inscribieron para competir por una de las siete licencias disponibles

Ya están disponibles las bases para operar juego online en la provincia de Buenos Aires

Matías Lanusse, presidente del Instituto de Loterías y Casinos de la Provincia de Buenos Aires, junto a la gobernadora María Eugenia Vidal.
15-05-2019
Tiempo de lectura 4:13 min
El Instituto de Loterías y Casinos de la Provincia de Buenos Aires publicó en el Boletín Oficial las bases y condiciones para concursar por una de las siete licencias que otorgará a los futuros operadores de juego online en el territorio más importante, en términos económicos y de apuestas, de la Argentina. El plazo para ingresar a la Convocatoria vence el 25 de junio y 19 empresas ya se inscribieron en el Registro de Aspirantes a Licenciatarios. Vea el TEXTO COMPLETO OFICIAL en la nota.

Según las Bases y Condiciones del llamado a convocatoria para el otorgamiento de licencias de juego bajo la modalidad online (previsto por la Ley 15.079 y el Decreto Reglamentario Nº DCTO-2019-181-GDEBA-GPBA), “el Poder Ejecutivo establecerá la reglamentación pertinente del título para su práctica” y la “Autoridad de Aplicación será el Instituto Provincial de Lotería y Casinos de Buenos Aires, quien establecerá el Reglamento de modalidad de apuestas online”, estableciendo que “cualquier modalidad no autorizada por la Autoridad de Aplicación se considera prohibida”.

Consulte aquí el texto completo del Comunicado Oficial y de las Bases y Condiciones (Anexo).

Modalidades de juego

En cuanto a las modalidades previstas por la reglamentación, establece que los juegos autorizados que se realicen a través de medios online, con efectos en la provincia de Buenos Aires, serán los de “Máquinas Electrónicas de Juegos de Azar”; “Juegos de Casino”; “Loterías”; “Apuestas sobre juegos virtuales, con exclusión de los juegos de lotería”; “Apuestas hípicas” y “Apuestas sobre eventos reales, deportivos y no deportivos”, aclarando que en este último caso, se encuentran comprendidos siempre que los eventos “no sean de carácter político”. Cabe señalar que “quedan excluidos del presente llamado a convocatoria los juegos de loterías, cuyo desarrollo requerirá el otorgamiento del permiso previsto por el Artículo 152° de la Ley N° 15.079”.

¿Quienes pueden operar?

La reglamentación pone ante todo un requerimiento básico, y es el de exigir experiencia en el sector a cualquier operador, poniendo por delante de cualquier otro interesado a los actuales operadores y ejecutivos que se desempeñan en la industria. Literalmente, el texto señala que podrán ser “operadores online personas que cuenten con una experiencia demostrable mínima de dos años en el desarrollo de actividades de juego, sea a través de la administración, gerenciamiento o explotación del juego bajo la modalidad online; salas de juegos de mesa, bingos, casinos y de máquinas electrónicas, o captación y procesamiento de datos mediante terminales de apuestas en línea, fuera de línea, fabricación de terminales de juegos, plataformas de juegos y sus accesorios”. Además, deberán contar con ingresos totales anuales demostrables superiores a $ 50.000.000 (unos 1,06 millones de dólares).

En el caso de las personas jurídicas, podrán participar entidades públicas o privadas nacionales que cuenten con una experiencia demostrable igual, pero ganancias por $ 250.000.000 (unos 5,3 millones de dólares) correspondientes al periodo comprendido 2018. Y en el caso de entidades extranjeras, tendrán como requisito operar como mínimo una licencia de juego online internacional y un patrimonio neto demostrable de US$ 100 millones al 31 de diciembre de 2018.

¿Cuándo y dónde?

La licencia para el desarrollo de la actividad la otorgará el Instituto de Loterías y Casinos de la Provincia de Buenos Aires, como resultado de la Convocatoria, y el Instituto podrá otorgar hasta siete licencias por el plazo de quince años, no prorrogables. Cabe señalar que cada licenciatario podrá desarrollar una única licencia. Y para ingresar al llamado a convocatoria, cada postulante interesado deberá inscribirse previamente en el “Registro de Aspirantes a Licenciatario”.

El “Derecho a participación” tendrá un costo de $ 5.500.000 (unos 117.000 dólares al cambio actual), y cada aspirante podrá realizar una única propuesta al presente llamado a Convocatoria. La recepción de las propuestas se llevará a cabo el día 25 de junio de 2019, a las 11:00 horas, en la sede del IPLyC bonaerense.

¿Qué se evaluará?

En cuánto a los criterios de otorgamiento de licencias, una Comisión Técnica Evaluadora tendrá en cuenta ítems tales como:

- Licencias: se evaluarán la cantidad de licencias que el operador acredite, así como conceptos como la protección al jugador, la protección de los fondos, la responsabilidad del operador, la innovación tecnológica que ofrezcan, su plan de publicidad y un plan de juego Responsable.

- Experiencia: analizarán tanto la experiencia online internacional del operador, como así también la que tenga en operaciones físicas nacionales.

- Evaluación Financiera: se tendrán en cuenta el patrimonio del aspirante, su rentabilidad, la recaudación que pueda acreditar en otras operaciones fuera del país y sus ingresos por operación física en la Argentina.

- Análisis del Producto: básicamente aquí se analizarán los antecedentes internacionales en operación de los aspirantes y la evolución de ingresos en sus operaciones.

- Sistema técnico: se analizarán las virtudes de la plataforma a utilizar y las certificaciones internacionales que posea, el plan de contingencia, la seguridad de datos y la cantidad de usuarios que actualmente posee la plataforma en cuestión, así como sus años de operación.

- Juego responsable

- Plan de prevención de Fraude

De la evaluación efectuada por la Comisión Técnica Evaluadora, surgirá un cuadro comparativo de propuestas que establecerá el puntaje otorgado a cada una de las propuestas, que como máximo será de 100 puntos. En caso de producirse un empate, el otorgamiento de la licencia corresponderá en primer lugar a aquel que tuviera mayor patrimonio neto, en segundo lugar a aquel que tuviera mayor experiencia demostrada en la actividad, en tercer lugar a aquel que tuviera una cantidad mayor de licencias extranjeras para el desarrollo de apuestas deportivas y en cuarto lugar, a aquel que posea mayor cantidad de usuarios activos en su plataforma.

Otorgamiento

El IPLyC podrá otorgar hasta siete licencias, no pudiendo otorgar más de una al mismo aspirante. Otorgada la licencia, cada licenciatario deberá abonar en concepto de “Cargo Fijo Único” la suma de $ 65.000.000 (cerca de 1,4 millones de dólares), pagadera del siguiente modo: al momento de la suscripción del Convenio, el licenciatario deberá abonar el 40%, cumplido el primer año un segundo 40% de la suma referida y cumplido el segundo año el 20% restante. Además, se establece una garantía de $ 130.000.000 (unos 2,8 millones de dólares).

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