De esta forma, se respalda la decisión de dicho municipio, de clausurar aquellos locales que se dedican a la explotación ilegal de slots o tragamonedas, por ser una actividad restringida sólo a los Casinos de Juegos Municipales y aquellos regulados por la LeyNº 19.995.
La Corte Suprema, a través de los magistrados Sergio Muñoz; Rosa Egnem; Manuel Valderrama; Arturo Prado; y María Eugenia Sandoval, confirmó de manera unánime el fallo de la Corte de Apelaciones, que estableció que la fiscalización que ha realizado la Municipalidad de Ovalle se encuentra dentro de sus facultades y las sanciones impuestas de clausura y multas se encuentran ajustadas a derecho, por tratarse de actividades que se realizan en forma ilegal.
De esta forma, la Municipalidad podrá retomar la fiscalización y aplicación de la normativa vigente a los recintos de Ovalle sin patente de juego.