Desde la Dirección General de Salud Pública afirman que hacen inspecciones periódicas

Denuncian que no se respeta la Ley Antitabaco en los bingos de España

Siete años después de la entrada en vigor del veto, las salas de juegos continúan permitiendo que se fume dentro de las instalaciones sin contar con espacios abiertos o ventilación para crear un espacio de fumadores específico.
17-03-2017
Tiempo de lectura 2:05 min
Siete años después de la entrada en vigor del veto, las salas de juegos continúan permitiendo que se fume dentro de las instalaciones sin contar con espacios abiertos o ventilación para crear un espacio de fumadores específico.

Luis Femia, abogado de la Asociación de Cafés y Bares de Zaragoza, explica que “desde el punto de vista estrictamente jurídico, el cumplimiento del veto al tabaco es generalizado, y se extiende tanto a los bingos en particular y salas de juego en general (artículo 7 de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco) como a los bares, restaurantes y demás establecimientos de restauración cerrados (art.7.u del mismo cuerpo normativo).

No obstante, denuncian que los bingos no están respetando la ley ya que a pesar de no estar registrados como salas para fumadores permite el consumo de cigarrillo sin contar con espacios abiertos o ventilación para crear un espacio de fumadores específico.

Si las salas de juego optan por inscribirse como Club de fumadores privado, que muchas normativas regionales, como la valenciana, lo permiten, están obligados a hacer una especie de pecera totalmente cerrada con sistema de extractores de humo muy potentes. Los bingos hacen socios automáticamente a todos los jugadores y los fumadores tienen una llave o una clave para entrar, pero no pueden ser atendidos por el personal del bingo ni estar jugando a la vez.

“Un Club de fumadores es una asociación y tiene que cumplir las leyes básicas que nacen de los derechos establecidos en la Constitución. Entender que bajo esta figura se pueden establecer espacios para favorecer determinados negocios sería corromper esta figura. En su previsión, la propia ley 28/2005 niega la posibilidad de realizar actividades económicas, ni tener afán de lucro, es decir, en las estancias de un club de fumadores no se puede comercializar ningún tipo de producto o vender ningún tipo de servicio, por tanto ni un bingo, ni un restaurante, ni un bar o cafetería puede registrase como un club de fumadores y seguir realizando su actividad comercial. El permitir fumar y el lucro son incompatibles por ley”, detalla la presidenta de Nofumadores.org, Raquel Megina.  

En la misma línea, el abogado Femia advierte que registrarse como club de fumadores “no constituye una carta blanca, pues este tipo de organizaciones plantean una serie de requisitos restrictivos de necesaria observancia para su constitución y/o mantenimiento”.

Respecto a este tema, desde la Dirección General de Salud Pública de Zaragoza comunican que “se realizan periódicamente inspecciones a los bingos, del mismo modo que a otros locales, para comprobar el cumplimiento de la ley antitabaco. De 2011 a 2016 se han realizado concretamente en Zaragoza un total de 68 inspecciones, en las cuales se han encontrado 42 deficiencias. Estas han concluido en 23 propuestas de sanción que conllevan multas económicas que oscilan entre los 1.000 y los 11.000 euros. A partir de esta propuesta de sanción, se abre el procedimiento por el cual el establecimiento al que se le pone la sanción puede recurrir, etc”.

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