Argentina

Piden mayor control de los eventos en el Hipódromo de Palermo y el Casino de Puerto Madero

Tras prohibir los cajeros automáticos, ahora el Gobierno exige que los responsables de ambos establecimientos pidan autorización cada vez que realicen fiestas y eventos de cualquier tipo.
25-05-2016
Tiempo de lectura 1:28 min
Tras prohibir los cajeros automáticos, ahora el Gobierno exige que los responsables de ambos establecimientos pidan autorización cada vez que realicen fiestas y eventos de cualquier tipo.

El lunes se publicaron en el Boletín Oficial dos resoluciones que obligan, a partir de ahora, al Hipódromo Argentino de Palermo S.A (Hapsa) y Casinos Buenos Aires S.A., a pedir autorización a la Lotería Nacional Sociedad del Estado cada vez que se organicen eventos y fiestas en sus predios.

En el caso de Palermo, la Resolución 69 obliga al grupo concesionario formado por los empresarios Federico De Achával con el 70%, y Cristóbal López con el 30% restante, a solicitar autorización con 30 días de antelación a Lotería para organizar eventos y los mismos deben ser compatibles con el objeto de la concesión; y deberán contar con la habilitación de los eventos por parte de la Agencia Gubernamental de Control de la Ciudad de Buenos Aires.

De aprobarse el evento en cuestión, el ente a cargo del control del negocio del juego fijará una especie de canon del 30% del valor del alquiler de las instalaciones que deberá pagar Hapsa al gobierno porteño "en el supuesto de que acuerde la percepción de un monto fijo por el uso del predio objeto de la concesión".

En lo que respecta a los casinos flotantes de Puerto Madero, sociedad controlada en un 50% por el grupo español Cirsa; 25% por Hapsa y otro 25% por Casino Club, de Cristóbal López, tendrán las mismas condiciones que el Hipódromo de Palermo.

Esto significa que deben "cumplir estrictamente con las normas legales y reglamentarias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en materia de seguridad, higiene, salubridad, habilitación y autorización de actividades; obras civiles, espacio público, medio ambiente y planeamiento urbano".

Según la Resolución 70, el agente operador de los barcos Estrella de la Fortuna y Princess  "deberá solicitar autorización a Lotería Nacional con una antelación no inferior a 30 días, debiendo acreditar que los mismos resultan compatibles con el objeto de la explotación".

Además, deberá acompañar "constancia de haber iniciado las actuaciones administrativas pertinentes a los fines de obtener el permiso y/o la habilitación del evento por parte de la Agencia Gubernamental de Control de la Ciudad de Buenos Aires, concluyó el citado matutino.

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