El Presidente de la Conajzar, Gerardo Gómez, sostuvo: “La Ley 1.016, que establece el régimen para la explotación de los juegos de azar, señala taxativamente en uno de sus apartados que los telebingos sólo podrán ser sorteados a través de un canal”. Además, mencionó que la normativa no estipula limitaciones sobre las publicidades.
Cuando los spots publicitarios del telebingo anunciaron que el sorteo se vería a través de ambos medios televisivos, el cuerpo colegiado remitió una nota en la cual solicitó a la concesionaria, Chena Ventures, abstenerse de realizar el juego por dos canales.
El titular de la Conajzar recordó que la firma Chena insistió en la posibilidad de usar otro canal como espacio de transmisión, pero que el cuerpo colegiado cerró definitivamente tal posibilidad.