El director ejecutivo de esa entidad pública, Mario Cazón, señaló que a través de la socialización y capacitación, se busca que las entidades empresariales conozcan los alcances de la Ley 060 y del Decreto Supremo 781 sobre los sorteos con fines promocionales y promociones que ofrecen. De esta forma evitar sanciones y multas que estipula la norma.
En el evento de socialización participaron afiliados a la Cámara de la Industria, la Federación de Empresarios Privados de Cochabamba, Santa Cruz y La Paz. La autoridad subrayó que la actividad promocional y sorteos no deben generar lucro o cualquier forma de distribución directa o indirecta entre los organizadores.
Respecto al reglamento para desarrollar promociones empresariales, destinados a captar o premiar a los clientes, Cazón señaló que los premios deben ser publicitados y los sorteos estarán supervisados por un Notario de Fe Pública.
Los premios no recogidos o cobrados en el plazo de dos meses, computables a partir del día siguiente del acto público de entrega, implica la pérdida de derechos del beneficiario. Cazón añadió que la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego tendrá un plazo de cinco días para resolver las solicitudes de autorización de los sorteos.