La Orden del Consejero de Interior del 7 de julio, publicada ayer en el Boletín Oficial del País Vasco (13/07/2011), determina el procedimiento para la homologación de los sistemas para la explotación de apuestas a través de sistemas telemáticos por parte de las empresas de apuestas ya autorizadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Con esta normativa se culmina el desarrollo del Reglamento de Apuestas de 2005. La Orden regula la oferta a los usuarios de apuestas a través de Internet, complementando la actual existente en máquinas de hostelería y locales de apuestas.
Los requisitos exigidos para la homologación de los sistemas de apuestas en Internet establecen garantías de fiabilidad, seguridad y transparencia del juego y sus procedimientos y afecta a todos los elementos técnicos, programas, sistemas o instalaciones, así como el formato y contenido del dominio y sistemas específicos y necesarios para la explotación de apuestas a través de sistemas telemáticos.
La Dirección de Administración Electoral, Juegos y Espectáculos del Departamento de Interior busca garantizar la identidad de las personas intervinientes para salvaguardar los derechos de los participantes y la protección de menores y personas vulnerables, proteger la seguridad y la confidencialidad de los datos personales recabados y contar con mecanismos que aseguren la integridad en las comunicaciones con la persona jugadora.
El proceso al que deberán someterse las tres empresas de apuestas que operan en Euskadi permitirá obtener la confirmación electrónica de la apuesta una vez formalizada, con el contenido mínimo establecido para los boletos de apuestas, así como garantizar el pago de los premios o la devolución de los importes apostados en caso de anulación de las apuestas.