El texto aprobado establece como fuente de financiamiento de las actividades relacionadas con el deporte amateur al aporte derivado de la imputación del 5% proveniente de las utilidades líquidas y realizadas que Lotería Chaqueña transfiere al Poder Ejecutivo conforme con lo previsto por los artículos 44 y 45 de la Ley 500.
El porcentaje aludido en el artículo 1º será transferido por Lotería Chaqueña con destino específico al financiamiento del deporte amateur, a través de la Tesorería General de la Provincia. Además, la norma deroga el artículo 2º de la Ley 4.929.
El objetivo es crear un fondo específico con el 5% de las utilidades líquidas del organismo estatal, en lugar de las retenciones que se aplican actualmente a los premios de los juegos de azar.
Los autores de la iniciativa explicaron: “Dicho aporte se constituye como una carga impositiva soportada por los apostadores, lo que genera un efecto negativo sobre aquellos al quitarles a esos apostadores el aliciente que reciben cuando se ven favorecidos con algún premio -que como en el caso está sujeto a una retención-, lo que evidencia un despropósito, afectándose la integridad de éste último y la confiabilidad que el apostador deposita en las ofertas que realiza Lotería Chaqueña en todo el ámbito de la provincia”.