El grupo resalta la importancia de contar con una adecuada regulación

Codere da a conocer su postura respecto a la nueva ley del juego española

29-03-2011
Tiempo de lectura 3:05 min

En relación con estos aspectos fundamentales que vertebran el proyecto de ley de regulación del juego en España, se articulan las siguientes propuestas de mejora:

- Los operadores públicos, LAE y Once mantienen una reserva de actividad y una serie de privilegios asociados a la misma que solamente tienen causa en el ejercicio de la actividad de loterías. Cualquier otra modalidad de juego que en el futuro puedan desarrollar deberá estar asociada al cumplimiento de las obligaciones que corresponden a cualquiera de las empresas operadoras en España: pago de tributos, obtención de autorización por las administraciones competentes, etcétera, para garantizar la competencia en condiciones de igualdad.

- La regulación de un mercado nacional en el contexto de la Unión Europea y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la misma deben garantizar el desarrollo armónico de un mercado dotado de los requisitos que garanticen la presencia de operadores expertos en el sector, solventes financieramente y que constituyan sociedades específicas con sede en España para el desarrollo de esta actividad. Las instalaciones técnicas de soporte del sistema deberán igualmente radicarse en España para garantizar su supervisión y control por las autoridades competentes.

- Por último, la realización de la oferta del juego desde un dominio.es debe ser igualmente un requisito para la operación.

Respecto a la situación generada por los operadores que han venido realizando actividad de juego y publicidad de la misma de manera ilegal y sin contar con licencia expedida por la autoridad competente para ello:

a) El proyecto de ley parece respaldar a los operadores ilegales, a quienes han desarrollado la actividad aun estando tipificada como delito por la legislación de contrabando, como así ha reconocido el Tribunal Constitucional expresamente. Las empresas que han venido desarrollando actividades ilegales en España obtendrían impunidad por las infracciones administrativas y delitos penales cometidos en el pasado, al derogarse el tipo penal de contrabando de géneros prohibidos y ventaja ilegal en la competencia económica con los operadores legales que inician ahora su actividad legalmente con base en la ley que permite, por primera vez en España, esta actividad.

b) El proyecto reconoce el estatus de los operadores ilegales que van a poder desarrollar la actividad con el fondo de comercio y la clientela creada durante el periodo de ilegalidad, lo cual constituye una ventaja en el mercado discriminatoria e inadmisible.

c) Resulta inaceptable el planteamiento de regularización subyacente en la disposición transitoria octava que permite mantener contratos de patrocinio por parte de operadores sin licencia para ello, es decir, ilegales.

d) Resulta absolutamente necesario adoptar un conjunto de enmiendas que permitan equilibrar el proyecto en su redacción actual y establezcan condiciones de igualdad entre aquellas empresas que han respetado la legalidad vigente, y por ello no han operado juego online sin licencia en los últimos años, frente a aquellos, que basados en paraísos fiscales, sin control alguno de juego de menores y de personas con especial necesidad de protección frente al juego, han desarrollado una actividad que según sus propias declaraciones les ha generado importantes beneficios económicos.

Por todo ello se propone:
1) Bloqueo del uso de las bases de datos de clientes obtenidas durante el periodo de ejercicio de la actividad de manera ilegal, como se ha llevado a cabo en Francia y bajo la supervisión de la autoridad reguladora del mercado.

2) Desarrollo por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de los planes de inspección necesarios para promover la regularización fiscal de los impuestos no satisfechos en los últimos ejercicios.

3) Mantenimiento de los contratos de patrocinio deportivo exclusivamente por parte de las entidades que se encuentren al día de sus obligaciones fiscales.

4) Mantenimiento de la vigencia de la normativa que remite a la Ley de Contrabando y al Código Penal, la realización de actividades de juego sin licencia para ello; bloqueo durante un periodo de tiempo razonable, de al menos dos años, para desarrollar actividades en el nuevo mercado que aquí se crea, impidiendo que obtengan autorización.

5) Armonización de la fiscalidad de juego online y el juego físico.

El Grupo Codere insiste en la importancia de tener una adecuada regulación para un sector que en España supera el 1% del PIB y que, hasta la fecha, sigue viviendo en una evidente carencia normativa.

La experiencia del Grupo Codere, en su condición de empresa con vocación internacional que opera en ocho países y desarrolla un gran número de licencias concedidas por las diversas autoridades de juego, debe servir de referencia para acertar con el modelo de juego más adecuado para España.

Deje un comentario
Suscríbase a nuestro newsletter
Ingrese su email para recibir las últimas novedades
Al introducir su dirección de email, acepta las Condiciones de uso y la Políticas de Privacidad de Yogonet. Entiende que Yogonet puede utilizar su dirección para enviar actualizaciones y correos electrónicos de marketing. Utilice el enlace de Cancelar suscripción de dichos emails para darse de baja en cualquier momento.
Cancelar suscripción
EVENTOS