Ante el pedido del Sindicato de Trabajadores de Juegos de Azar de la República Argentina

Argentina: suspenden un convenio colectivo de trabajo firmado por el SUTEP

10-12-2009
Tiempo de lectura 1:29 min
(Argentina).- El Ministerio de Trabajo suspendió los efectos de una resolución de la Secretaría de Trabajo de junio de este año, por la cual había declarado homologado un Convenio Colectivo de Trabajo entre una sala de bingos de la Provincia de Buenos Aires y el Sindicato Único de Trabajadores del Espectáculo Público y Afines de la República Argentina (SUTEP).

La medida fue tomada por considerar que ese gremio "carece de capacidad para negociar colectivamente" en este sector, ya que no cuenta con la personería gremial para representar a los trabajadores de bingos y loterías.

Esta decisión fue firmada por el secretario de Empleo de la cartera laboral, Enrique Deibe, luego de una presentación que efectuaron dos grupos de trabajadores del Bingo Ciudadela y otra realizada por el Sindicato de Trabajadores de Juegos de Azar de la República Argentina (ALEARA), pidiendo en ambos casos la suspensión y denunciando el Convenio Colectivo de Trabajo firmado con SUTEP, homologado por las autoridades de Trabajo en junio de este año.

ALEARA, en su presentación, había interpuesto un recurso de reconsideración en contra de esa resolución, solicitando su "declaración de nulidad absoluta e insanable en los términos del artículo 14 inciso b) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos, por lesionar, a su entender, en forma actual, con arbitrariedad e ilegalidad manifiesta, los derechos consagrados en los artículos 14 y 14 bis de la Constitución Nacional".

Ante estas presentaciones, la cartera laboral estudió la cuestión y determinó que el SUTEP, en marzo de 1996, el SUTEP había obtenido sólo una "simple inscripción gremial para representar a los trabajadores de bingos-lotería familiar y/o lotería familiar gigante". Pero en los Estatutos del Bingo Ciudadela se señala que uno de los requisitos esenciales para la celebración de Convenios Colectivos es la presencia de una organización de trabajadores "con personería gremial" en el ámbito territorial donde se pretenda la negociación.

Por esto mismo, la cartera laboral estableció que "se desprende con claridad que la entidad sindical celebrante del Convenio Colectivo homologado en autos (el SUTEP) carece de capacidad para negociar colectivamente en la materia bajo discusión". Asimismo, en la resolución del Ministerio de Trabajo se indicó que el propio SUTEP había admitido en diciembre de 1996 "no tener personería gremial específica para representar al personal de Bingos”.

 

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