En Mendoza, solamente la quiniela ilegal maneja más de $350 millones por año (U$S 91.528.872), según cálculos del Instituto de Juegos y Casinos. La cifra es alarmante, sobre todo si se tiene en cuenta que ese número no incluye las mesas de juegos prohibidas de ruleta y cartas, como el póquer o el Black Jack.
La recaudación "en negro" ha crecido de manera significativa en los últimos años. Por ejemplo, en 2002 la quiniela clandestina movía cerca de $60 millones anuales (U$S 15.690.664).
En la provincia hay 300 agencias oficiales y unas mil subagencias distribuidas en todo el territorio mendocino.
Pero en los lugares en donde no hay sedes del Instituto de Juegos y Casinos autorizadas para tomar apuestas es, precisamente, donde más crecen los juegos de azar al margen de la ley.
Otro de los problemas que tiene el Estado para controlar la clandestinidad es la tecnología que usan los "levantadores de apuestas".
Las pérdidas de dinero son tan altas para el Estado que el Instituto de Juegos y Casinos viene pidiendo un endurecimiento de penas, pues actualmente los juegos de azar clandestinos sólo están contemplados en el Código de Faltas.
Por esa razón, desde ese organismo insisten en que avancen en la Legislatura los proyectos que piden cambios para las sanciones que estipula la normativa para las personas que promueven o participan en algún juego clandestino.
El dinero que recauda Juegos y Casinos va a diferentes programas sanitarios, como los de asistencia a pacientes oncológicos, prevención del SIDA, el Incaimén (Programa de Ablación e Implantes), salud reproductiva, fibrosis quística, obesidad mórbida, detección precoz de cáncer de cuello de útero y de mama, y para la creación de centros de prevención y atención integral de maltrato a la niñez y adolescencia, entre otros.
Levantar apuestas o participar en algún juego de azar en forma ilegal no constituye un delito, sino una falta contemplada entre los artículos 66 y 74 del Código de Faltas.
El ítem 70 establece que "son juegos prohibidos las quinielas, las redoblonas, rifas, tómbolas, apuestas sobre carreras, riñas de animales y todo juego de banca, como ruleta, naipes o dados" fuera de los sitios autorizados por el Instituto de Juegos y Casinos.
Por ejemplo, según el artículo 68 de esa normativa la persona que sea sorprendida participando en juegos de azar será castigada con multas de hasta $5 mil (U$S 1.307). La pena se endurece si se promueve este tipo de prácticas en menores. Si una persona registra "dos o más condenas por juegos de azar se le podrá agregar hasta 30 días de arresto".