A pedido de la titular de Conajzar

La Procuraduría General de Paraguay definirá si las concesiones de casinos pueden ser extendidas directamente

31-08-2009
Tiempo de lectura 3:28 min

Son cuatro los casinos cuyos procesos tienen cuestionamientos: Casino Asunción, cuya concesión había sido otorgada el 7 de septiembre de 2001, y la prórroga otorgada, vía resolución de la Conajzar, va hasta el 7 de septiembre del año 2016; el Casino del Departamento de Amambay, cuya concesión data del 1 de abril del año 2005 y la prórroga va hasta el 1 de abril del año 2015; el Casino del Departamento de Alto Paraná, que fue concesionado el 1 de julio de 2005 y la prórroga extendió el plazo hasta el 1 de julio de 2015; y el Casino del Departamento de Itapúa, que fue concesionado el 23 de diciembre del año 2005, pero fue extendido hasta el 5 de diciembre del año 2015.

Mientras que el Casino Asunción abona un canon anual de G. 3.858 millones (U$S 791.612), el Casino Amambay paga G. 660 millones (U$S 135.424) en concepto de canon al año; en tanto que el Casino Alto Paraná abona G. 3.304 millones (U$S 677.938) anualmente; y el Casino de Itapúa paga G. 601 millones (U$S123.317) al año.

Las prórrogas fueron concedidas a futuro, en base a dictámenes de la Contraloría General de la República (CGR) y de la Procuraduría; y, aparentemente, con el mismo canon con el que fueron inicialmente adjudicados. De acuerdo con lo publicado en la página Web de la Conajzar, uno de los dictámenes es de la Procuraduría y los otros tres son de la Contraloría, y todos difieren entre sí.

El informe de la Procuraduría, fechado en mayo de 2005, refiere que como el casino no es juego de azar de carácter nacional, la concesión para su explotación se podría ajustar a un plazo distinto, de conformidad a las facultades que otorga la Ley 1.016/97, que establece el régimen jurídico para la explotación de los juegos de suerte o azar. Al respecto, cita el artículo 4, que establece que la planificación, el control y la fiscalización de los juegos de azar, de las demás actividades de las personas físicas o jurídicas dedicadas a su explotación, al igual que las relaciones interjurisdiccionales de la actividad, regladas por esta ley, serán ejercidos por la Conajzar, ya que el plazo de cinco años rige solamente para los juegos de carácter nacional.

El primer informe de la Contraloría, fechado en agosto de 2004, refiere que la pretensión de extender la concesión hasta 15 años es contraria a lo que señala el artículo 20 de la Ley 1.016/97. El mismo tenor tiene la nota de la Contraloría fechada en mayo de 2005.

Sin embargo, en octubre de 2007, el ente contralor señala que no corresponde conferir a los casinos un carácter distinto al de especial o "sui géneris", arribando a la conclusión de que el plazo establecido en el artículo 7 de la Ley 1.016/97 no rige para los casinos, por lo que puede establecerse un plazo diferente para la concesión de la explotación de los mismos, no existiendo impedimento legal para que el plazo sea mayor a cinco años, a partir de la celebración del contrato, a fin de prever una justa retribución a la inversión realizada por el concesionario para la explotación del establecimiento.

El ente contralor cita, además, un informe de la Abogacía del Tesoro, fechado en abril de 2005, que se expidió también en el sentido de que la concesión para la explotación del casino se podría ajustar a un plazo distinto.

Mientras busca solucionar el problema, la Comisión Nacional de Juegos de Azar (Conajzar) prevé llamar a licitación en breve, para la concesión de siete casinos en el Departamento Central, uno en Asunción, uno en Cordillera, uno en Itapúa y uno en Alto Paraná.

La Ley 1.016/97 establece que son casinos aquellos que incluyen los juegos que operan, total o parcialmente, en sus instalaciones, como la ruleta, punto y banca, dados, naipes, black jack, juegos electrónicos y/o similares a la actividad.

El artículo 20 de la citada normativa establece, entre los juegos cuya explotación debe ser necesariamente concedida por licitación pública, los casinos de juegos de azar.

Entretanto, el artículo 25 establece que se concederá la concesión para la explotación de casinos solamente en los siguientes lugares del país: Asunción y en los departamentos de Alto Paraná, Itapúa, Amambay, Cordillera, Misiones y Central.

Sólo podrán funcionar más de un casino en la ciudad de Asunción y en los departamentos con más de 250.000 habitantes.

Por otra parte, la Conajzar planea licitar en el mes de octubre de este año los juegos de azar denominados: apuestas deportivas, Lotto; Quiniséis, Lotería instantánea y el bingo de Asunción.

Mientras que los cuatro primeros aún no fueron concesionados, la concesión del bingo de Asunción vence en diciembre de este año.

La intención de los miembros de la Conajzar es "ordenar la casa", poder realizar todos los procedimientos de licitación, tener suscritos todos los contratos a fin de año y que el Estado paraguayo y la ciudadanía en general puedan recibir los fondos para que puedan ser utilizados en lo que corresponde.

Para este año se calcula que ingresará por juegos de azar 50% más que lo recaudado el año pasado, es decir llegar a poco más de G. 90.000 millones (U$S 18.466.842) de ingresos al cierre de 2009.

El dinero recaudado es distribuido entre la Dibén, municipios, gobernaciones y el Tesoro Nacional.

Deje un comentario
Suscríbase a nuestro newsletter
Ingrese su email para recibir las últimas novedades
Al introducir su dirección de email, acepta las Condiciones de uso y la Políticas de Privacidad de Yogonet. Entiende que Yogonet puede utilizar su dirección para enviar actualizaciones y correos electrónicos de marketing. Utilice el enlace de Cancelar suscripción de dichos emails para darse de baja en cualquier momento.
Cancelar suscripción
EVENTOS