La Superintendencia autorizó así en forma parcial las prórrogas solicitadas por IVISA

Chile: el casino de San Antonio deberá estar terminado el 29 de Agosto de 2009

05-02-2008
Tiempo de lectura 3:42 min
(Chile).- Con la autorización parcial de las prórrogas solicitadas, la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) informó que el proyecto de casino de juego en construcción en San Antonio deberá ser entregado el 29 de agosto de 2009, mientras que las restantes obras del proyecto integral tienen como fecha límite de término el 29 de abril de 2010.

En 2007 el proyecto autorizado en San Antonio tuvo un avance físico valorado o gasto en ejecución de obras equivalente a 5,6% de los U$S 28,9 millones que representan el monto total de inversión, y generó 73 fuentes de trabajo en la zona.

En el marco del Plan Nacional de Fiscalización de Obras, la SCJ efectuó en 2007 seis visitas inspectivas destinadas a asegurar que Casino de Juegos del Pacífico S.A. (IVISA) cumpla en tiempo y forma con lo comprometido, y el 25 de enero pasado realizó la séptima fiscalización.

Entre julio y diciembre de 2008 se inaugurarán ocho casinos de juego en siete regiones del país, y en 2009 iniciarán sus operaciones seis en igual número de regiones. Por su parte, el casino de Termas de Chillán (Pinto) inició su funcionamiento el 9 de agosto de 2007.

La SCJ autorizó parcialmente a Casino de Juegos del Pacífico S.A. (IVISA) para prorrogar por ocho meses como máximo la entrega definitiva de las obras del casino de juego, y sólo por cuatro meses de los 12 solicitados para tener en funcionamiento las instalaciones del resto del proyecto integral. En consecuencia, la fecha límite para que la sociedad operadora inaugure el casino de juego es el 29 de agosto de 2009, y el plazo máximo para las demás obras que conforman el proyecto concluye el 29 de abril de 2010.

Cabe recordar que el proyecto en construcción fue autorizado el 22 de diciembre de 2006, y que el requerimiento de prórroga de plazos de Casino de Juegos del Pacífico S.A. (IVISA) se basa en lo establecido en la Ley N°19.995 en cuanto a permitir que las sociedades soliciten a la SCJ su aprobación conforme a razones fundadas, y por un periodo que no puede exceder un tercio de los plazos comprometidos originalmente en el plan de operación (artículos 28, Ley N°19.995; y 37, Decreto Supremo N°211).

Luego del análisis de los antecedentes presentados por la sociedad operadora, la SCJ determinó que son fundados los argumentos presentados por la sociedad operadora para solicitar la prórroga legal de plazos para entrega de obras. Los retrasos registrados en el cronograma de construcción efectivamente se deben a la tramitación de dos recursos judiciales que finalmente fueron desestimados por los tribunales de justicia, y a tres hallazgos efectuados en el terreno de emplazamiento del proyecto durante el inicio de las obras previas a nivel de excavaciones.

El proyecto autorizado en San Antonio cerró 2007 con un avance físico valorado o gasto en ejecución de obras equivalente a 5,6% de los U$S 28,9 millones que representan el monto total de inversión, y generó 73 fuentes de trabajo en la zona. Por su parte, durante el año pasado y en el marco del Plan Nacional de Fiscalización de Obras, la SCJ efectuó seis visitas inspectivas destinadas a asegurar que Casino de Juegos del Pacífico S.A. (IVISA) cumpla en tiempo y forma con lo comprometido con la región, y el 25 de enero pasado realizó la séptima fiscalización.

El primer recurso judicial fue la acción de nulidad de derecho público presentada por un empresario local ante el Primer Juzgado de Letras de San Antonio y en contra de la municipalidad de la comuna. El recurso fue interpuesto seis meses antes de que el Consejo Resolutivo resolviera en forma unánime otorgar un permiso de operación disponible a Casino de Juegos del Pacífico S.A. (IVISA) a fines de diciembre de 2006, pero la solicitud y aceptación por parte del tribunal de una medida precautoria, efectivamente retrasó el otorgamiento del Permiso de Edificación Municipal al proyecto que ya había sido autorizado.

La segunda acción judicial fue el recurso de protección presentado en septiembre de 2007 por dos particulares, ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso y en contra de la Dirección de Obras de la Municipalidad de San Antonio, solicitando una orden de no innovar que fue aceptada por el tribunal durante un mes, con la consiguiente paralización de las faenas de movimiento de tierra y excavaciones.

En las visitas de fiscalización de avance obras del proyecto de San Antonio, la SCJ corroboró la existencia de los tres hallazgos argumentados por la sociedad operadora para solicitar la prórroga de plazos para la entrega de obras. Sin embargo, la SCJ determinó que existen fundamentos para autorizar una prórroga de 4 meses y no 12 como inicialmente requirió la sociedad operadora, para la entrada en funcionamiento del hotel de cuatro estrellas con 60 habitaciones, centro de convenciones, sala de reuniones, spa y gimnasio, centro comercial con 77 locales y dos tiendas ancla, patio de comidas y supermercado.

Efectivamente, existe una tubería de 500 mm. de alcantarillado no contemplada en los planos de servicios sanitarios, y que determinó modificar los sistemas de excavación y constructivo. Además, después del análisis del trazado natural del Canal Arévalo se determinó que sí exige rediseñar algunos aspectos del proyecto, los cuales deberán ser presentados para su autorización ante la SCJ, organismo que informará públicamente la solicitud que efectúe la sociedad operadora y posteriormente la resolución que adopte la SCJ. Finalmente, el organismo observó que la acumulación de escombros, material de arrastre y arena en el terreno, sí retrasaron parcialmente las faenas iniciales de movimiento de tierra y excavaciones al exigir estudios técnico-constructivos adicionales.

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