Afirmó que las autorizaciones que puede otorgar la Secretaría de Gobernación (Segob) están limitadas para centros. La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aseguró que los casinos son establecimientos que ameritan una reglamentación diferente totalmente.
De hecho, el artículo 8 de la Ley de Juegos dice que se clausurará, por parte de la Segob, todo local abierto o cerrado en el que se efectúen juegos prohibidos o con apuestas y sorteos. “Obviamente esto se refiere al artículo 2 de la misma legislación, que no cuenten con autorización legal de la Segob”, acotó Luna Ramos.
Por su parte, la ministra Olga Sánchez Cordero consideró que una vez analizada la Ley Federal de Juegos y Sorteos y señalados los distintos aspectos controvertidos que resultan de ésta, por haber sido elaborada desde 1947, ahora, dijo, “el Poder Legislativo tendrá la posibilidad de actualizarla”.
“Pero por el momento de lo que se trata es de que exista, cuando menos, un medio de control de supervisión de este tipo de entretenimientos, como los señalados en el artículo 2 de la ley, como el juego de ajedrez, damas, dominó, dados, boliche, bolos, billar, el de pelota en todas sus formas y denominaciones, las carreras de personas, de vehículos, de animales y en general de toda clase de deportes”, finalizó.