Según el Tribunal Constitucional, la explotación es parte de las competencias del Estado

España: La Generalitat catalana considera inconstitucional a la lotería instantánea de la ONCE

18-01-2006
Tiempo de lectura 1:30 min
(España).- La Generalitat de Cataluña ha acordado formular un requerimiento de incompetencia ante el Gobierno contra el Real Decreto que autoriza a la ONCE a explotar una lotería instantánea o presorteada. Según el Ejecutivo catalán, esta explotación podría afectar los ingresos del organismo. El Tribunal Constitucional ha considerado en otras sentencias que esta actividad no vulnera la competencia.

La Generalitat de Cataluña ha acordado formular un requerimiento de incompetencia ante el Gobierno central contra el Real Decreto por el que se autoriza a la ONCE a explotar una lotería instantánea o presorteada. El Ejecutivo catalán considera que eso puede provocar una "perturbación competencial y disminución de ingresos a la Generalitat", como administración competente en exclusiva en materia de casinos, juegos y apuestas.

El Estado explota diversos juegos y apuestas de ámbito estatal con el aval del Tribunal Constitucional, y ha considerado en reiteradas sentencias que esta actividad no vulnera la competencia de la Generalitat porque su explotación forma parte de la competencia que la Constitución reserva al Estado en materia de Hacienda general.

Además, en una sentencia de 1998 también se consideró que el Estado, en ejercicio de esa misma competencia, podría autorizar la explotación a la ONCE de un juego de ámbito estatal.

En el Real Decreto el Estado autoriza a la ONCE a explotar una lotería instantánea, que según la Generalitat, "sin duda supondrá una disminución de la recaudación que la Generalitat obtiene actualmente de la “Loto Rapid”, que explota directamente en ejercicio de su propia competencia en materia de juego".

En 1999, la Generalitat ya planteó un conflicto positivo de competencias frente al Gobierno del Estado en el que se ponía de manifiesto la perturbación que provocaba en la competencia autonómica la explotación por parte del Estado de una lotería equivalente. Al mismo tiempo, reclamaba la compensación de los ingresos que la hacienda de la Generalitat dejaría de recibir por la disminución de ventas de su propia lotería.

El Estado no llegó a poner en marcha esta lotería instantánea y el conflicto hoy se encuentra todavía pendiente de sentencia del Tribunal Constitucional. Según la Generalitat, la autorización a la ONCE produciría "la misma perturbación competencial y disminución de ingresos a la Generalitat", por lo que en caso de no ser aceptado el requerimiento de incompetencia acudirá al Tribunal Constitucional.

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