Confirmando la sentencia del STJ madrileño

El Supremo Tribunal de Justicia apoya a la ONCE y rechaza sorteos de la OID

20-05-2004
Tiempo de lectura 1:05 min
(España).- El Alto Tribunal concordó mediante su fallo con el criterio de la Audiencia Nacional, al reiterar que la OID no puede intervenir en el mercado de las loterías porque no tiene autorización, según informa la ONCE en un comunicado.

El Tribunal Supremo ha dado la razón a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), al confirmar la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que, en junio del año 2000, denegó a la Organización Impulsora de Discapacitados (OID) la autorización para celebrar sorteos diarios con premios en efectivo.

Según informó ayer la ONCE, el Tribunal Supremo considera que no se ha infringido la Ley Jurisdiccional, como denunciaba la OID, al aceptar el Tribunal que la personación de la ONCE se había realizado en tiempo y forma.

El Alto Tribunal confirma la pertinencia de la personación de la ONCE en este pleito, al entender que "estaba legitimada para intervenir en el proceso dado su interés en el mismo", habida cuenta de la competencia que la OID hace al sorteo de la ONCE al compartir ambas organizaciones el mercado de las loterías, -como reconoce la propia OID-, representando este hecho para la ONCE una "afección a sus intereses económicos".

En su sentencia, el Tribunal Supremo señala que las irregularidades denunciadas por la OID durante la tramitación de este contencioso no le han producido indefensión, "porque los motivos de fondo que se aducen eran exclusivamente jurídicos".

Con este fallo, el Alto Tribunal sienta una jurisprudencia que concuerda con el criterio de la Audiencia Nacional en reiterar que la OID no puede intervenir en el mercado de las loterías porque no tiene autorización, según informa la ONCE en un comunicado.

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