La actual reglamentación de apuestas y sorteos de México fue aprobada en 1947. Desde entonces, muchas han sido las propuestas presentadas.
El actual proyecto que está siendo analizado actualmente en la cámara de diputados, precisa que la ruleta, los dados, los naipes, la rueda de la fortuna, las máquinas tragamonedas y los juegos de números serán las actividades de esparcimiento que podrán desarrollarse con apuestas.
En la norma propuesta también se incluyen los eventos deportivos y competencias transmitidos en tiempo real que podrán ser captados sólo en casinos y centros de apuestas remotas; las carreras de caballos que se realicen en hipódromos o carriles; las carreras de galgos que se desarrollen en galgódromos; las peleas de gallos que se hagan en palenques y el jai alai tenga lugar en frontones.
El nuevo proyecto también se fijan prohibiciones para el cruce de apuestas en los juegos y demás actividades no previstas en la ley, y los juegos con apuestas en las que éstas se hagan de manera virtual vía cualquier medio electrónico. Sin embargo, se aclara que los juegos con apuestas pueden realizarse de modo virtual cuando las apuestas se hagan por Internet o las modalidades que surjan en el futuro.
La propuesta subraya que la Secretaría de Hacienda emitiría las disposiciones generales dirigidas a prevenir que las instituciones que integran el sistema financiero y , las cambiarias u operadores de tarjetas de crédito, realicen cualquier pago o liquidación a sus clientes derivados de juegos con apuestas que prohíba la nueva ley.
Además, se aclara que los permisionarios deberán registrar las máquinas tragamonedas y las redes de interconexión y que no podrán arrendar, subarrendar o subcontratar su operación.