Con la implementación de esta nueva norma se modificó el reglamento del Juego del Bingo aprobado el pasado 25 de marzo. De esta manera, el porcentaje a distribuir en cada partida pasa a ser del 58,93 por ciento del valor facial de la totalidad de los cartones vendidos en cada partida, frente al 63,60 por ciento que establecía en el anterior decreto.
El premio de línea supondrá el 7 por ciento de esa cantidad (frente al 8 por ciento anterior), el premio de bingo representará el 49,18 por ciento (antes era el 50,69 %), el premio de bingo acumulado se cifra en el uno por ciento y el premio de prima se mantiene en el 1,75 por ciento.
Esta modificación tiene su origen en la ley de Presupuestos de la Generalitat para 2004, que en su artículo 39 modifica el apartado dos del artículo 15 de la Ley 13/1997 de la Generalitat y dispone que con efecto 1 de enero de 2004 la tasa que grava los juegos de suerte envite o azar se exigirá, en su modalidad de gravamen sobre establecimientos distintos de casino de juego, a razón del 25 por ciento.
Los cartones expedidos por la Consellería de Economía, Hacienda y Empleo cuyas normas del dorso queden modificadas por la entrada en vigor de la presente orden, serán válidos y podrán ser vendidos hasta agotar existencias, aunque con aplicación de los porcentajes de premios establecidos en la presente norma.