El impuesto al valor agregado (IVA) que se extenderá en Paraguay a todos los productos, gravará a los juegos de azar con una tasa del 10%.
De acuerdo al borrador de reforma fiscal, se aplicará 5% a contratos de cesión de uso de bienes y enajenación de bienes inmuebles; enajenación de los siguientes bienes de la canasta familiar: arroz, fideos, yerba mate, aceites comestibles, leche, huevos, carnes no cocinadas; enajenación de productos agropecuarios, incluyendo semovientes (ganado), y aves de corral, en estado natural; enajenación de productos farmacéuticos; libros, revistas, periódicos y otros materiales impresos. Y con el 10% se gravará al resto de las actividades, entre ellas todas las relacionadas al ámbito de los juegos de azar.
Se contempla además que el Ejecutivo podrá incrementar hasta en un punto porcentual la tasa del impuesto por año hasta alcanzar la tasa del 10%.