La Corte Suprema de Justicia de Chile decidió revertir una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que había dado por cumplida la medida que obligaba a las empresas de telecomunicaciones Claro, Entel, GTD, Movistar, WOM y VTR a bloquear un grupo de sitios de apuestas online.
En marzo, luego de que las empresas de telecomunicaciones realizaran el bloqueo de plataformas online, la Lotería de Concepción y la Polla Chilena de Beneficencia solicitaron a la Corte de Apelaciones que se bloquearan también los sitios espejo surgidos posteriormente.
Frente a ello, los seis proveedores de internet justificaron su inacción aludiendo a sus capacidades técnicas y a la posibilidad de que, al bloquear los sitios espejos, se afectaran otros servicios. Dicha postura fue acogida por parte de la Corte de Apelaciones.
En este contexto, la Corte Suprema ha estimado que dicha decisión no fue la óptima. “La misma Corte de Apelaciones encargada de llevar a cabo la ejecución de lo fallado admite en su resolución de 18 de marzo de 2026 que no se ha cumplido con lo ordenado”, señalaron.
La Corte de Apelaciones —continúa el máximo tribunal— “omite en su análisis que la obligación de las recurridas proviene de una sentencia judicial firme que produce el efecto de cosa juzgada y que con ese proceder se termina posibilitando, por omisión, el desarrollo de una actividad respecto de la cual no se ha acreditado que quienes la llevan a cabo cuenten con la debida autorización legal y administrativa”.
“Se incurre en el error de tramitación de tener por cumplida la orden impartida en una sentencia firme, en circunstancias que, del mismo tenor de la resolución respectiva, consta que el tribunal asume que ello no es efectivo, ordenando el archivo de la causa”, prosiguieron.
A partir de la decisión de la Corte Suprema, el caso volverá a la Corte de Apelaciones para que “adopten las medidas encaminadas a obtener el cumplimiento de lo sentenciado en dicho proceso”, es decir, deberán volver a pronunciarse sobre la disputa.