España

Navarra aprueba un nuevo reglamento que endurece la norma sobre la apertura de salas de apuestas y la publicidad del sector

29-05-2024
Tiempo de lectura 2:15 min

El Consejo del Juego de Navarra aprobó el nuevo Reglamento General de los Juegos y Apuestas de dicha comunidad autónoma española, el cual establece nuevas regulaciones sobre la apertura de locales de juegos de azar, el uso de máquinas de apuestas, y la publicidad y patrocinios de empresas del sector.

Según informaron, el texto del Decreto Foral, que fue elaborado por el Departamento de Interior, Función Pública y Justicia, reglamenta la Ley Foral 21/2022 y “desarrolla aspectos normativos en cuanto a la organización, explotación y práctica de los juegos y apuestas en el ámbito de las competencias de la comunidad foral de Navarra”.

Tras la aprobación del reglamento, la consejera del departamento de Interior, Función Pública y Justicia, Amparo López, expresó que el texto busca “prevenir los riesgos de adicción y ludopatías”, así como el “acceso al juego de menores y grupos de riesgo” desde los ámbitos sociales, educativos y sanitarios.

De acuerdo al nuevo reglamento, no se podrán otorgar autorizaciones para instalar establecimientos específicos de juego a menos de 400 metros de centros públicos o privados de educación en que se impartan enseñanzas regladas a personas menores de edad.

Del mismo modo, se incluye en la normativa a centros oficiales para la rehabilitación de personas jugadoras patológicas, centros residenciales de personas con discapacidad intelectual o con enfermedad mental, centros sanitarios, deportivos, culturales y recreativos y casas de la juventud.

A su vez, se establece una distancia mínima entre establecimientos de juegos y apuestas de al menos 400 metros, mientras que entre bingos será de 1.200 metros.

En cuanto a horarios de funcionamiento, el nuevo reglamento establece el horario general de cierre para locales de apuestas deportivas a las 0:30 horas, para las salas de bingo a las 3:00 horas y para salones de juego a las 0:30 horas.

Por otra parte, el servicio de recepción o admisión deberá comprobar la información del usuario en cada uno de los accesos efectuados al local para comprobar si rebasan la mayoría de edad y si están incluidos o no en el Registro de Interdicciones, en el que se recogen los datos de aquellas personas que voluntariamente han pedido que se les excluya del acceso a estos locales.

En tanto, en locales de hostelería, las máquinas de apuestas deberán contar para su uso con los elementos técnicos que obligue al usuario, sin intervención de terceros, a identificarse de forma previa y obligatoria para la comprobación de su inclusión en el Registro de Interdicciones y su mayoría edad.

Asimismo, estas máquinas deberán incorporar elementos técnicos que hagan que una vez finalizadas las partidas de juego y durante el tiempo en que no esté siendo utilizada permanecerá desactiva sin emitir estímulos sonoros, visuales o lumínicos.

Por último, la norma limita también la publicidad del sector, prohibiendo los anuncios de apuestas en cualquier actividad deportiva de Navarra que haya sido financiada con fondos públicos. También se impide en soportes situados a menos de 300 metros de centros educativos, deportivos, culturales, recreativos, sanitarios o locales de rehabilitación de personas con adicción al juego, problemas de salud mental graves o problemas de discapacidad.

En los medios de comunicación, proponen no permitir publicidad del sector en periódicos, revistas o cualquier medio de información navarros, así como en los centros de radio y televisión ubicados en la comunidad foral desde las 5:00 horas hasta las 1:00 horas del día siguiente.

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